Todos esperaban menos burocracia, pero el Gobierno propone más excepciones a la licitación
La reforma prometía agilizar, pero en el Senado el ministro defendió un cambio que sorprendió: más casos para saltear la licitación pública. El debate recién empieza.
El Senado provincial continúa analizando la reforma de la Ley de Obras Públicas, y el ministro Hernán Jacob detalló ante los legisladores los ejes de la iniciativa. El funcionario explicó que el proyecto busca agilizar reparaciones, sumar nuevos sistemas de mantenimiento, reforzar el control de contratistas y fijar reglas para los pagos.
La reunión se desarrolló este martes en la sala de comisiones de Casa de Gobierno, encabezada por Juan Conti, presidente de la Comisión de Obras Públicas. Participaron los senadores Claudia Silva, Ramiro Favre, Nancy Miranda y Gloria Cozzi. Por el Ejecutivo, Jacob estuvo acompañado por el secretario coordinador del Ministerio, Gonzalo Atencio Baridón.
El proyecto modifica distintos artículos de la Ley Nº 6.351 y fue elaborado por el Ejecutivo provincial. Durante su análisis, los legisladores vienen recibiendo a diferentes actores vinculados con la actividad para conocer sus posiciones y evaluar los alcances de la reforma antes de avanzar con su tratamiento.
Nuevas herramientas para el mantenimiento
“Son modificaciones prácticas; la novedad más importante es la incorporación de licitaciones abiertas para el mantenimiento de edificios, una herramienta para dar mayor eficacia”, explicó Jacob ante los integrantes de la comisión.
El ministro señaló que actualmente existen deterioros en establecimientos públicos que podrían solucionarse mediante intervenciones menores, pero que, debido a cuestiones administrativas y al paso del tiempo, terminan convirtiéndose en obras de mayor magnitud y costo.
“Es un modelo de la provincia de Mendoza con beneficiosa experiencia, son ítems de reparaciones para responder en tiempo y forma”, indicó. Además, sostuvo que se pretende disponer de distintas alternativas de contratación según las necesidades de cada zona de Entre Ríos.
Control de contratistas y nuevas modalidades
“Queremos mejorar la obra pública con un mejor control de los contratistas”, manifestó Jacob. En ese marco, junto con Atencio Baridón entregó a los senadores un informe estadístico que, según indicaron, mostró un incremento en la cantidad de empresas inscriptas en el registro de posibles oferentes.
Una de las reformas propuestas establece que determinadas reparaciones y refacciones de inmuebles, siempre que no superen los límites económicos fijados, puedan tramitarse mediante el régimen de contratación de bienes y servicios. El objetivo oficial es simplificar procedimientos para intervenciones de menor escala.
Otro cambio amplía los inmuebles sobre los cuales la administración provincial podrá ejecutar obra pública. Además de propiedades estatales, se contemplarán aquellos bienes sobre los que tenga posesión, tenencia o derechos reales de uso o servidumbre, cuando exista un interés público que justifique la intervención.
Contratos para conservar las obras
La reforma del artículo 10 incorpora sistemas específicamente orientados a la conservación de infraestructura pública. Entre ellos aparecen los Contratos de Recuperación y Mantenimiento (CReMa) y el denominado sistema abierto de contratación.
También se plantea actualizar las excepciones al principio general de licitación pública. El proyecto mantiene a ese procedimiento como regla, pero contempla supuestos vinculados con urgencias, especialidad técnica, cooperación entre organismos públicos y financiamiento internacional, entre otras circunstancias.
Los senadores realizaron consultas al ministro sobre distintos artículos y sus alcances. Jacob fundamentó la redacción propuesta por el Ejecutivo, aunque el proyecto no obtuvo una definición durante el encuentro y continuará bajo análisis de la comisión en próximas reuniones.
Plazos de pago e intereses
Otro punto relevante corresponde a la modificación del artículo 57, que pretende establecer reglas específicas para el pago de certificados de obra y la liquidación de intereses. La iniciativa fija plazos para los pagos y determina desde qué momento se configura automáticamente la mora.
A su vez, regula la forma de calcular y liquidar los intereses y establece los casos en los que no corresponderá reconocerlos. También incorpora la prohibición de capitalizar intereses, con el propósito señalado por el Ejecutivo de evitar distorsiones financieras y brindar mayor previsibilidad a las partes.
Cuando la demora sea atribuible al contratista, el proyecto establece que no tendrá derecho al cobro de intereses durante ese período. Tras las explicaciones brindadas por Planeamiento, la modificación de la Ley de Obras Públicas seguirá en estudio en el Senado, que deberá evaluar los cambios antes de avanzar con el dictamen correspondiente.