Trabajaba 12 horas diarias en un geriátrico y la Justicia le dio la razón: millonaria indemnización
No fue un testigo ni una cámara: lo que destapó el caso fue un detalle que la empresa no pudo ocultar. La Justicia ya habló y el monto que deberá pagar el geriátrico es contundente.
Una asistente geriátrica de San Martín de los Andes recibirá más de 11 millones de pesos luego de que la Justicia de Neuquén le diera la razón en un reclamo por horas extras no pagadas. La mujer trabajaba en una residencia de adultos mayores en jornadas nocturnas de 12 horas, pero la empresa sostenía que cumplía un horario diurno de 8 horas.
La trabajadora, que estuvo nueve meses en esas condiciones, denunció que sus jornadas iban de las 19 a las 7, con dos francos semanales. Eso representaba 60 horas semanales y 240 mensuales, muy por encima del máximo de 8 horas diarias y 44 semanales que fija el convenio colectivo.
Ante la negativa de la empleadora a reconocer los incumplimientos, la mujer se consideró despedida y decidió iniciar acciones legales. El caso recayó en el Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería 2, a cargo de Santiago Montórfano, quien consideró justificado el despido indirecto.
La disputa por la jornada real
Antes de que terminara la relación laboral, la asistente intimó a la empresa para que le pagara las horas extra, las diferencias salariales por haberes por debajo de la escala y los sueldos de noviembre. La empleadora, en tanto, negó todo y afirmó que la mujer trabajaba de 7 a 15 y que su salario superaba los mínimos convencionales.
El punto central del juicio fue determinar cuál había sido la jornada efectivamente cumplida. Mientras algunos testigos vinculados a la empresa declararon que la trabajadora hacía turnos de ocho horas, dos excompañeras que realizaban las mismas tareas aseguraron que ingresaba a las 19 y se retiraba a las 7. Montórfano dio crédito a estos últimos testimonios por considerar que ofrecían un conocimiento directo sobre el horario habitual.
La empresa no presentó los registros
El juez también tuvo en cuenta que la residencia no presentó las planillas horarias pese a haber sido intimada judicialmente. Uno de sus propios empleados reconoció que esos registros se confeccionaban a diario. Ante esa omisión, el magistrado tuvo por acreditada la versión de la asistente y concluyó que cumplía jornadas de doce horas, con un total de 240 horas mensuales.
La sentencia incluyó indemnizaciones por antigüedad, falta de preaviso e integración del mes de despido; aguinaldo y vacaciones proporcionales; los salarios de noviembre y diciembre; las diferencias salariales y las multas previstas por la legislación vigente al momento en que finalizó la relación laboral.