Trabajás el feriado del Papa: cuánto te tienen que pagar de más en cada distrito
Economía

Trabajás el feriado del Papa: cuánto te tienen que pagar de más en cada distrito

Un empleado con sueldo de $1.250.000 hace la cuenta y no le cierran los números: el feriado del Papa le puede duplicar la jornada. Qué dice la ley y qué distritos quedan alcanzados.

La llegada del papa León XIV a la Argentina, agendada entre el 8 y el 11 de noviembre de 2026, traerá aparejado un régimen especial de feriados que cambiará la liquidación del salario en varias jurisdicciones. La pregunta que se repite en fábricas, comercios y oficinas es sencilla: cuánto corresponde cobrar si a uno le toca trabajar justo esos días.

El esquema se instrumentó a través del Decreto 1103/2026, que según el cronograma difundido habría quedado oficializado el 28 de septiembre en el Boletín Oficial. El texto fija tres jornadas: una de alcance nacional y dos de recorte territorial.

Las fechas, distrito por distrito

El lunes 9 de noviembre el feriado rige en todo el país. Al día siguiente, martes 10, la medida alcanza solo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a Córdoba. El miércoles 11, en tanto, queda circunscripto a la provincia de Buenos Aires.

Traducido a cada caso: un trabajador porteño o cordobés descansa el 9 y el 10; uno bonaerense, el 9 y el 11. En el resto del territorio argentino, la visita papal otorga un único feriado, el del lunes 9. La distribución responde a los operativos de seguridad, logística y circulación que se montarán alrededor de las actividades del pontífice.

La clave: es feriado, no día no laborable

De acuerdo con la información difundida por Mundo Gremial, las jornadas fueron catalogadas como feriados y no como días no laborables. La diferencia no es menor y define el bolsillo de miles de empleados.

El artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo dispone que quien presta servicios durante un feriado debe cobrar su remuneración habitual más una suma igual. En criollo: esa jornada se paga el doble. Quien, en cambio, no trabaja y disfruta del descanso, mantiene su sueldo normal sin ningún recargo.

Cómo se hace la cuenta

Para los empleados mensualizados, la referencia que circula consiste en dividir el salario habitual por 25 y así obtener el valor de un día de feriado. Con ese número, el adicional del 100% se calcula sobre esa base.

Un ejemplo concreto: si un trabajador gana $1.250.000 por mes, su jornada de feriado equivale a $50.000. Si le toca trabajar ese día, el total por esa jornada trepa a $100.000, es decir, el valor del día más su adicional.

Conviene aclarar que esa cifra representa únicamente la jornada trabajada durante el feriado, no el sueldo mensual completo ni un monto que se sume íntegro a lo ya liquidado. Para quienes cobran por hora o por jornal, el cálculo se ajusta a la modalidad de contratación y a la remuneración que corresponda.

Si te tocan los dos feriados

Quien trabaje las dos fechas que le corresponden a su jurisdicción tiene derecho al adicional por cada jornada efectivamente cumplida. Un empleado de CABA o de Córdoba que preste servicios el lunes 9 y el martes 10 deberá percibir el pago especial por ambos días. Lo mismo vale para un bonaerense que trabaje el 9 y el 11.

En todos los casos, el monto final depende del salario y de las condiciones en que se preste la tarea. A eso se suma que los convenios colectivos de trabajo pueden contemplar disposiciones particulares o beneficios extra para determinadas actividades.

Feriado no es lo mismo que día no laborable

La clasificación de cada fecha es determinante a la hora de liquidar. Mientras el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo fija la remuneración especial para quien trabaja un feriado, el artículo 167 establece que en un día no laborable la decisión de abrir o no corresponde, como regla general, al empleador. Si el trabajador presta servicios, cobra su remuneración habitual, sin el adicional del 100%.

Por eso, la confirmación de que el 9, el 10 y el 11 de noviembre tienen carácter de feriado es el dato que termina de definir cuánto deberá pagarse en cada caso.

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