Un dictamen fiscal pone en jaque la descentralización del Tribunal de Faltas en Tucumán

¿Sabés qué pasó con los jueces que fueron trasladados a Tránsito y Catastro? Un dictamen fiscal acaba de poner en duda toda la medida.

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Un dictamen fiscal pone en jaque la descentralización del Tribunal de Faltas en Tucumán
Un dictamen fiscal pone en jaque la descentralización del Tribunal de Faltas en Tucumán

El Ministerio Público Fiscal dictaminó que la descentralización del Tribunal Municipal de Faltas, impulsada por la intendenta Rossana Chahla, es inconstitucional y debería ser declarada nula. El decreto que reasignó a siete jueces a otras áreas podría caerse por violar la ley orgánica.

Todo arrancó en marzo del año pasado, cuando la Municipalidad de San Miguel de Tucumán emitió el Decreto N° 0099. La medida ordenó el traslado de cinco jueces de Faltas a la Dirección de Tránsito y dos a Catastro y Edificación. Solo tres magistrados se quedaron en sus despachos originales.

Gerardo Augusto Poliche, entonces presidente del Tribunal, no tardó en reaccionar. Presentó una denuncia asegurando que la maniobra buscaba “desintegrar la justicia y atribuirse su manejo discrecional”. Para él, se trataba de un ataque directo a la independencia funcional de los jueces.

¿Qué dice el dictamen fiscal?

La fiscal de Cámara Juana Inés Hael analizó el caso y concluyó que el decreto choca contra la jerarquía normativa. En concreto, viola el artículo 31 de la Constitución Nacional (supremacía constitucional) y la Ley Orgánica de Municipalidades N° 5529.

Según el dictamen, la ley establece claramente que es el Concejo Deliberante, no el Ejecutivo, quien debe “crear y reglamentar el funcionamiento del Tribunal Municipal de Faltas”. Por eso, la decisión de la Intendencia excede sus facultades.

“Al haber norma expresa de atribución de competencia en el Concejo Deliberante, el entendimiento de que la reglamentación que establece modificaciones en la localización de los jueces no puede considerarse comprendida en la competencia residual del Ejecutivo”, argumenta el dictamen.

Los argumentos de la denuncia

Poliche fue contundente en su planteo. Sostuvo que los jueces de faltas son “funcionarios administrativos con funciones jurisdiccionales exclusivas” y gozan de inamovilidad. Cambiarles el lugar de trabajo, dijo, los convierte en “un agente más” de la repartición, rompiendo garantías para los ciudadanos.

Además, calificó de “enorme aberración” que se considere al Tribunal como una simple repartición. Y negó que la rotación mejore la carga laboral: “Habrá jueces colapsados y otros con trabajo mínimo”, advirtió.

La respuesta del municipio

Del otro lado, el abogado Hernán Matías Jabif defendió la medida. Aseguró que el Ejecutivo actuó dentro de sus facultades, citando el artículo 47, inciso 23 de la Ley Orgánica, que permite dictar reglamentos internos.

El municipio sostuvo que la intendenta puede organizar internamente las oficinas y que la rotación busca “mejorar la eficiencia y precisión en la administración de justicia”. Según la defensa, el decreto no interfiere en la función jurisdiccional.

Ahora, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo deberá resolver. Con el dictamen fiscal ya emitido, el fallo podría sentar un precedente clave para la independencia del Tribunal de Faltas en Tucumán.

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