Un diputado catamarqueño estalló contra el protocolo para filmar en Tribunales: "Una censura burda"

¿Puede un protocolo de la Corte de Justicia limitar el trabajo de la prensa en los Tribunales? Un diputado catamarqueño dice que sí, y apunta contra la norma aprobada en abril. Qué dice el texto que despertó la polémica.

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Un diputado catamarqueño estalló contra el protocolo para filmar en Tribunales: "Una censura burda"
Un diputado catamarqueño estalló contra el protocolo para filmar en Tribunales: "Una censura burda"

El diputado provincial Francisco Monti (LLA) salió a cuestionar con dureza el protocolo que regula la actividad periodística y el registro audiovisual en los edificios del Poder Judicial de Catamarca. La norma fue propuesta por el Departamento de Comunicación Judicial y aprobada por la Corte de Justicia, y para el legislador equivale a "una prohibición general de filmar en los Tribunales".

Monti no se guardó nada: calificó la medida como un hecho "vergonzoso e ilegítimo" y reclamó que quede sin efecto de inmediato. "Nadie debe verse obligado a cumplir con una censura tan burda", disparó, al pedir que el protocolo se derogue "de manera urgente".

Qué dice el protocolo que desató la polémica

La norma fue aprobada el 22 de abril de este año y, según sus fundamentos, apunta a "la protección de la intimidad, dignidad e imagen de las personas". También busca "evitar situaciones de tensión o incomodidad innecesarias", "brindar previsibilidad en la actuación de las distintas áreas" y "garantizar un trato respetuoso y profesional hacia los medios".

En concreto, el texto establece que "toda actividad de registro audiovisual dentro de edificios judiciales deberá contar con coordinación del Departamento de Comunicación Judicial", que se otorgará "previa autorización de la Corte de Justicia". Si la presencia de periodistas no fue informada con antelación, la situación "deberá regularizarse mediante la intervención inmediata del área".

Además, prohíbe captar imágenes de personas que concurran al Poder Judicial sin su consentimiento, "especialmente en casos que involucren situaciones de vulnerabilidad".

Alcances y excepciones que fija la norma

El protocolo aclara que en los ámbitos que dependan funcionalmente del Ministerio Público Fiscal queda a consideración de la Corte la aplicación de la norma, ya que esas áreas pueden regirse por lineamientos propios o mecanismos de coordinación previos. En cuanto a la presencia de medios en salas de audiencias, se aplicarán los protocolos específicos ya vigentes, que prevalecerán por su carácter especial. Por eso, el nuevo texto resulta "complementario y aplicable únicamente en aquellos aspectos no contemplados por dicha normativa específica".

Desde el Poder Judicial justificaron la medida al señalar que el objetivo es "promover una comunicación abierta, accesible y transparente hacia la sociedad", y que todas las acciones institucionales se desarrollen "en armonía", permitiendo el ejercicio de la labor periodística "de manera ordenada, responsable y respetuosa".

El cruce entre el legislador y la Corte de Justicia deja abierto un interrogante central para la prensa catamarqueña: cómo se compatibiliza la transparencia que declara el propio Poder Judicial con un mecanismo que, para Monti, restringe el acceso de los medios a los Tribunales.

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