Un disparo policial terminó con su vida en 2008: 18 años después, la Justicia falló y el número es millonario
La familia de Emmanuel Montero reclamó una reparación económica y la Justicia fijó montos en 2021. Ahora, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín revisó esos números y el monto final se disparó a una cifra que supera los $150 millones. ¿Qué pasó con el policía condenado?
Emmanuel Damián Montero tenía 25 años cuando murió el 9 de enero de 2008 en San Martín, tras recibir un disparo de un policía que intervino en un robo. Casi dos décadas más tarde, la Justicia volvió a expedirse sobre el caso, pero esta vez por la demanda indemnizatoria que iniciaron sus familiares. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín modificó los montos fijados en primera instancia y estableció una reparación total que supera los $150 millones, a valores actuales, más los intereses correspondientes.
El robo, la persecución y el disparo
Según quedó establecido en la causa, aquella mañana Emmanuel y un primo perseguían a un grupo de delincuentes que minutos antes les habían robado la moto. En esas circunstancias intervino David Alfredo Escarlón, por entonces agente de la Policía bonaerense, quien disparó con su arma reglamentaria. Una de las balas alcanzó a Montero y le provocó la muerte.
La investigación penal terminó con una condena firme para Escarlón: ocho años de prisión como autor responsable de homicidio simple y diez años de inhabilitación especial para ejercer funciones policiales. Esa sentencia fue confirmada por la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense.
El reclamo de la familia
Después del hecho, la madre de la víctima y quien era su pareja iniciaron una demanda contra la Provincia de Buenos Aires para obtener una reparación económica. La expareja también actuó en representación de la hija de Emmanuel, que en ese momento era menor de edad. El padre, por su parte, promovió una acción similar contra la Provincia y contra Escarlón. Los dos expedientes se acumularon, pero el camino judicial no fue igual para todos.
En la causa del padre hubo un giro determinante en 2016: el 11 de mayo, la Suprema Corte de Justicia bonaerense hizo lugar a un recurso de la Fiscalía de Estado, revocó las decisiones anteriores que habían rechazado la prescripción y terminó rechazando la acción contra la Provincia. Esa decisión quedó firme. Por eso, en ese expediente la condena económica recayó exclusivamente sobre Escarlón. En el otro, en cambio, tanto la Provincia como el policía quedaron alcanzados de manera solidaria.
La primera condena civil
El primer pronunciamiento indemnizatorio llegó el 5 de julio de 2021, cuando el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 2 del Departamento Judicial San Martín hizo lugar a las demandas. En ese momento, la Justicia fijó $2.299.182,85 para la madre, la expareja y la hija de Emmanuel, y otros $655.460,95 en la causa del padre.
La sentencia no quedó firme: apelaron la Provincia, los familiares y también Escarlón, que había sido declarado rebelde en ambos procesos. Su situación procesal generó nuevas demoras. En agosto de 2021 se presentó con patrocinio de la Defensoría Oficial y pidió la nulidad de todo el expediente, pero el planteo fue rechazado. El 7 de diciembre de 2022, el juez de grado rechazó la nulidad y declaró extemporánea la contestación de demanda de Escarlón. El policía apeló y la Cámara confirmó esa decisión el 26 de septiembre de 2023.
Qué discutieron las partes
Durante la apelación, la Provincia cuestionó varios rubros indemnizatorios. La Fiscalía de Estado sostuvo que reconocer daño psíquico y tratamiento psicológico al mismo tiempo podía duplicar la reparación. También objetó el daño moral y la pérdida de chance, al considerar que no había prueba suficiente sobre la actividad laboral de Emmanuel y sus ingresos al momento de morir.
Los familiares, en cambio, pidieron que los montos se aumentaran porque los fijados en 2021 eran insuficientes y debían contemplar valores más cercanos a la realidad económica al momento de la sentencia de Cámara. Escarlón intentó que la Provincia se hiciera cargo de la condena alegando que había actuado en un “acto de servicio”, y cuestionó las indemnizaciones por pérdida de chance, daño psicológico y daño moral. La Cámara rechazó todos esos planteos.
Por qué Escarlón deberá responder
La ley invocada por Escarlón exige ciertas condiciones para que la Provincia asuma condenas por actos de servicio, pero en el expediente no había constancia de que el episodio hubiera sido declarado administrativamente como tal. Además, el tribunal señaló que esa calificación resultaba difícil de compatibilizar con lo resuelto en la Justicia penal: Escarlón no fue condenado por un accionar legítimo ni por un hecho en legítima defensa, sino por homicidio simple, con una inhabilitación especial de diez años. Por eso, la Cámara desestimó su pedido para que la Provincia cargara sola con el peso económico de la condena.
La Cámara actualizó las indemnizaciones
Al resolver las apelaciones, los jueces consideraron que las indemnizaciones debían analizarse a valores actuales. Explicaron que se trata de una deuda de valor y que, frente al paso del tiempo y la depreciación de la moneda, no podía tomarse como referencia el poder adquisitivo de 2021. Con ese criterio, modificaron sustancialmente los montos y llevaron la reparación total a $153 millones, sin contar los intereses.
En el expediente en el que la Provincia quedó alcanzada, el Estado provincial y Escarlón deberán responder solidariamente. En la causa del padre, el único condenado al pago es el exagente. La Cámara también fijó cómo se calcularán los intereses: para buena parte de los rubros, deberán computarse desde el 9 de enero de 2008, fecha en que murió Emmanuel, hasta el efectivo pago, según las pautas establecidas en la sentencia.