Un ex policía neuquino fue condenado por abusar de una adolescente en un viaje: el dato que cambió todo
Una adolescente de 13 años viajó con su familia a San Martín de los Andes en febrero de 2021. Un hombre de confianza aprovechó esa convivencia para abusar de ella. Recién tres años después pudo contarlo. La Justicia de Neuquén acaba de condenarlo, pero hay un detalle de la pena que generó polémica.
La Justicia de Neuquén condenó a J.M.C a siete años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo por dos hechos de abuso sexual con acceso carnal contra una adolescente de 13 años. Los ataques ocurrieron en febrero de 2021, durante un viaje familiar a San Martín de los Andes, y la víctima recién los reveló en abril de 2024, más de tres años después.
El tribunal colegiado, integrado por el juez Eduardo Egea y las juezas Laura Barbé y Carolina González, hizo lugar al pedido de la fiscal del caso, Inés Geréz, y ordenó además la inscripción del condenado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RiPeCoDis).
El viaje y la confianza que aprovechó el acusado
Según la acusación, J.M.C se valió del contexto de convivencia, de la relación de confianza con la familia y de la diferencia de edad para cometer los dos abusos sexuales con acceso carnal. Al momento de los hechos, el hombre se desempeñaba como agente de la Policía, un agravante que la querella destacó durante el juicio.
La abogada particular Melina Pozzer, que intervino como querellante, adhirió al pedido de la Fiscalía y sumó ese dato: el acusado era policía cuando ocurrieron los ataques. Como única circunstancia atenuante, la acusación consideró la ausencia de antecedentes penales computables.
Una pena que la fiscal consideró insuficiente
La fiscal Geréz explicó que los 7 años y 8 meses de prisión representan el monto máximo que podía solicitar la acusación, en función de las indicaciones impuestas por el Tribunal de Impugnación y las limitantes fijadas. La funcionaria consideró esa pena insuficiente e inadecuada frente a la gravedad de los hechos y el daño provocado en la víctima.
El tribunal respaldó las circunstancias agravantes detalladas por las partes acusadoras y condenó al hombre a la pena de cumplimiento efectivo.
El derrotero judicial que terminó en una nueva sentencia
En noviembre de 2025, un tribunal colegiado ya había declarado responsable a J.M.C por abuso sexual con acceso carnal y le había impuesto la misma pena. Sin embargo, la defensa impugnó esa sentencia y un Tribunal de Impugnación dispuso el reenvío para realizar un nuevo juicio.
El motivo fue la intervención de una profesional que había actuado como defensora oficial y luego como jueza, lo que constituye una causal de inhibición y afecta la garantía de imparcialidad del tribunal. En un nuevo juicio de responsabilidad, realizado durante 2026, el tribunal integrado por Egea, Barbé y González volvió a declarar a J.M.C autor penalmente responsable de los dos hechos de abuso sexual con acceso carnal en concurso real.
El lunes 21 de septiembre se realizó la audiencia de determinación de la pena. Por las reglas aplicables al reenvío y la prohibición de agravar la situación del imputado, el máximo que podían solicitar las acusaciones y eventualmente imponer los jueces quedó fijado en 7 años y 8 meses.
La adolescente tardó más de tres años en confesar los abusos, un reflejo de las consecuencias psicológicas que le provocaron los ataques.