Un fallo de la Suprema Corte podría reabrir el caso Villouta: ¿qué cambia con la prescripción?
La Suprema Corte unificó criterios sobre la prescripción y eso podría cambiar el caso Villouta. ¿Qué significa para Verdenelli? Enterate de los detalles.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza, en un plenario de este miércoles, unificó criterios sobre cuándo comienza a correr la prescripción de una pena y qué notificación es válida. El nuevo criterio podría tener un impacto directo en el sobreseimiento de Alejandro Verdenelli, el empresario condenado por la muerte de Alan Villouta.
¿Qué decidió el plenario?
El caso que originó la discusión fue el de Emiliano Nicolás López Agüero, condenado a tres años y seis meses de prisión. La controversia giraba en torno al artículo 66 del Código Penal, que establece que la prescripción de la pena empieza a correr desde la medianoche del día en que se notifica al reo la sentencia firme.
La Corte debía definir qué se entiende por "sentencia firme" y qué tipo de notificación es necesaria. Por mayoría, los jueces resolvieron que si se presenta un recurso extraordinario federal, el plazo de prescripción comienza cuando se notifica a la defensa técnica el rechazo de la concesión de ese recurso.
El caso Villouta: los detalles que importan
Alan Villouta murió atropellado en el Acceso Sur. Por ese hecho, Alejandro Verdenelli fue condenado el 14 de abril de 2020 a tres años de prisión condicional y ocho años de inhabilitación para conducir. La defensa apeló y el expediente pasó seis años en la Suprema Corte de Mendoza.
En febrero de 2026, el máximo tribunal rechazó la casación y confirmó la condena. Luego, la defensa presentó un recurso extraordinario federal, que fue rechazado el 13 de abril de 2026, un día antes de que se cumplieran seis años desde la condena original. Sin embargo, Verdenelli fue notificado personalmente después de esa fecha, lo que generó un planteo de prescripción que terminó en su sobreseimiento.
El Tribunal Penal Colegiado Nº2 declaró la prescripción, una decisión muy cuestionada. El nuevo plenario podría cambiar ese escenario.
¿Qué pasará ahora?
Si se aplica el nuevo criterio, la primera cuestión será determinar si la acción penal podía seguir prescribiendo hasta abril de 2026, considerando que la Suprema Corte ya había confirmado la condena en febrero. La segunda cuestión es la notificación: el plenario establece que no es necesario esperar una notificación personal al condenado, sino que la fecha relevante es cuando se comunica la decisión a su defensa técnica.
Por eso, ahora es clave saber cuándo fue notificado el abogado defensor de Verdenelli del rechazo del recurso extraordinario federal.
Las posturas de los jueces
La posición mayoritaria, desarrollada por María Teresa Day y acompañada por Norma Llatser, Julio Gómez, Dalmiro Garay y Omar Palermo, sostiene que la notificación personal solo es necesaria para la sentencia que impone la pena originalmente. Julio Gómez, que antes pensaba distinto, ahora adhirió a esta postura.
José Valerio, en cambio, considera que la ley exige una comunicación fehaciente al propio condenado. Mario Adaro, por su parte, cree que la notificación puede hacerse a través de un domicilio electrónico válido, sin necesidad de que sea presencial.
¿Se revierte el sobreseimiento?
El plenario no revoca por sí mismo la prescripción en el caso Villouta. Solo fija un criterio general. Será en la revisión del expediente donde se decidirá si este nuevo criterio se aplica y qué consecuencias tiene sobre el sobreseimiento de Verdenelli.