Un fallo judicial complica dos artículos clave de la Reforma Laboral y reabre el conflicto
Dos artículos de la Reforma Laboral quedaron en la mira de la Justicia: un fallo declaró su inconstitucionalidad y encendió una nueva disputa que todavía no tiene ganador. ¿Qué pasará con el resto de la ley?
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró este viernes la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 79 y 94 de la Reforma Laboral, y ratificó la competencia del fuero laboral para intervenir en el conflicto. La medida alcanza por ahora a un litigio puntual por las cesantías en el organismo público ACUMAR, pero sienta un precedente en la batalla judicial que enfrenta a la ley con varios frentes abiertos.
Los jueces Enroque Catani y Gabriela Vazquez consideraron que esas dos cláusulas vulneran derechos consagrados en la Constitución porque dejan a los trabajadores sin acceso a la Justicia del Trabajo. Los artículos establecen que cuando el Estado nacional sea parte o tercero interesado, la causa debe tramitar en el fuero Contencioso Administrativo y no en el Laboral, incluso para expedientes iniciados antes de marzo de 2026, cuando se sancionó la ley. Como ACUMAR es un ente público, los despedidos quedaban obligados a litigar en un fuero distinto al que venían usando.
Los argumentos del fallo
En la resolución, los camaristas sostuvieron que el artículo 20 de la Ley de Organización (texto según el art. 79 de la ley 27.802) "resulta incompatible y violatorio de las garantías consagradas a través de los artículos 14 bis y 75, inciso 22, de la Constitución Nacional, 8.1, 25 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, 6º y 7º del PIDESC".
Y agregaron: "En consecuencia, no existe otro modo de resolver adecuadamente la cuestión bajo examen que acudir a la última ratio del orden jurídico y declarar, para el presente y concreto litigio, la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del precepto apuntado y, en cuanto ordena su aplicación a esta causa, del artículo 94 del mismo cuerpo legal".
La decisión se limita a este expediente, pero se suma a una serie de causas que discuten si corresponde que intervenga la Justicia laboral o la Contencioso Administrativa. El caso más resonante es el que inició la Confederación General del Trabajo (CGT) contra más de ochenta artículos de la norma, que en un primer momento logró suspender por unos meses. Luego el Gobierno consiguió dejar sin efecto esa suspensión y trasladar el expediente al fuero administrativo, que considera más afín a sus planteos.
El camino hacia la Corte Suprema
El cuestionamiento de la CGT sigue en pie y ningún juez se pronunció todavía sobre el fondo del asunto: si la ley es o no constitucional. El recorrido judicial aún tiene etapas por delante, incluida la instancia de la Corte Suprema, que días atrás habilitó la derogación de la ley de Tierras y después la repuso de manera provisoria. En la sede de Azopardo 802 no abundan las expectativas, aunque esperan que un cambio en el clima político incline la balanza y termine declarando inconstitucional la reforma.