Un fallo que puede cambiar todo: Casación ordena revisar la indemnización para una víctima de secuestro y tortura en Tucumán
Casación Penal ordenó revisar la reparación para un hombre secuestrado y torturado en Tucumán en 2022. ¿Qué argumento usaron los jueces para anular el fallo anterior?
La Cámara Federal de Casación Penal le ordenó al Tribunal Oral Federal de Tucumán que dicte un nuevo fallo sobre la reparación económica para un hombre que fue secuestrado y torturado en 2022. El máximo tribunal penal consideró que el derecho a la reparación no puede depender de que la víctima se haya constituido como actor civil previamente, un criterio que podría sentar un precedente clave.
¿Qué pasó con la víctima?
El 10 de noviembre de 2022, en la plaza de Mercedes, en Lules, tres hombres interceptaron a la víctima, la obligaron a subir a un auto y la trasladaron a distintas casas, donde permaneció cautiva. Durante el encierro, fue golpeada y sometida a torturas: le aplicaron quemaduras con una plancha y le causaron lesiones con una pinza.
Además, una mujer policía colaboró con los captores. Mientras el hombre estaba secuestrado, los acusados se comunicaron con su pareja para exigirle dinero, bajo el pretexto de una supuesta deuda vinculada a criptoactivos. Finalmente, la víctima fue liberada sin que se pagara rescate alguno.
Las condenas y el rechazo a la reparación
El 7 de octubre de 2025, el TOF de Tucumán condenó a los cuatro responsables a penas de entre dos años y seis meses y cinco años de prisión por privación ilegítima de la libertad agravada. Sin embargo, rechazó el pedido de reparación integral que había formulado la Defensoría Pública. Esa decisión fue la que ahora anuló Casación.
Los jueces Diego Barroetaveña, Javier Carbajo y Gustavo Hornos coincidieron en que el Tribunal Oral debe emitir un nuevo pronunciamiento exclusivamente sobre el resarcimiento económico solicitado por la víctima y su pareja.
Los argumentos de Casación
En su voto, Barroetaveña sostuvo que condicionar la reparación a la constitución previa como actor civil es incompatible con los compromisos internacionales que Argentina asumió en materia de protección a las víctimas. Hornos, por su parte, calificó esa exigencia como "extremadamente formalista" y contraria a los estándares nacionales e internacionales.
El rol de la Fiscalía
La fiscal general Indiana Garzón había recurrido el rechazo al argumentar que el TOF interpretó erróneamente el artículo 29 del Código Penal, que permite a los jueces ordenar la reparación del daño material y moral sin necesidad de que las víctimas se constituyan como actores civiles. El fiscal general Javier De Luca respaldó ese planteo ante Casación.
La Cámara hizo lugar al recurso y ordenó un nuevo fallo sobre la reparación integral, pero dejó firmes la calificación legal de los hechos, las condenas y el rechazo de los recursos de las defensas.