Un fallo que sorprende: anulan una condena de 18 años por un incendio fatal en Guernica

El Tribunal de Casación anuló una condena de 18 años por un incendio en Guernica. ¿Qué pasó con las instrucciones al jurado? Los detalles del fallo que obliga a repetir el juicio.

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Un fallo que sorprende: anulan una condena de 18 años por un incendio fatal en Guernica
Un fallo que sorprende: anulan una condena de 18 años por un incendio fatal en Guernica

El Tribunal de Casación Penal bonaerense dejó sin efecto una condena de 18 años de prisión dictada en un juicio por jurados. El motivo: graves fallas en las instrucciones que recibieron los jurados durante el debate, un caso que vuelve a foja cero.

El hecho que originó el proceso fue un incendio intencional en Guernica, ocurrido en la Ciudad, que provocó la muerte de dos personas y dejó a varios heridos de gravedad. El imputado, Eduardo Gastón Maffuche, había sido declarado culpable, pero ahora todo el procedimiento deberá repetirse.

¿Cuál fue el error que anuló el veredicto?

La defensa, liderada por Gladys Margarita Catalina López, planteó un recurso ante la Sala V del Tribunal de Casación Penal. Su principal argumento: la acusación original describía un solo hecho (provocar intencionalmente el fuego para matar), pero al llegar al formulario de veredicto, el caso se dividió en tres hechos independientes, uno por cada víctima. Para los jueces, esa fragmentación distorsionó el objeto de decisión y condicionó al jurado.

Además, se cuestionó que se haya sumado a último momento la figura de abandono de persona como hipótesis subsidiaria. La defensa consideró que era una acusación sorpresiva, ya que durante el debate se discutió la autoría del fuego y no las omisiones de auxilio posteriores.

Instrucciones contradictorias

Los camaristas también marcaron que el juez técnico dio explicaciones contradictorias sobre el elemento intencional del delito, lo que generó incertidumbre en los jurados. Por eso, declararon la nulidad de todo lo actuado y ordenaron reenviar la causa para un nuevo debate, con una integración distinta del tribunal.

El juez Manuel Bouchoux fue el primero en votar a favor del reenvío, y Daniel Alfredo Carral adhirió, logrando así una decisión unánime.

Qué pasa ahora con el imputado

El proceso deberá volver a sustanciarse desde la instancia de juicio. Durante el nuevo procedimiento, se deberá respetar la garantía de prohibición de la reformatio in peius, es decir, Maffuche no puede recibir una pena mayor a la que ya tenía.

El fallo también destaca los principios constitucionales y convencionales que respaldan el derecho a la revisión judicial de las condenas, un punto clave en este tipo de casos.

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