Un juez federal anuló la cautelar que frenaba la reforma laboral: los detalles del fallo que no contó la CGT
La jueza Macarena Marra Giménez dejó sin efecto la cautelar que frenaba 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral. ¿Qué argumentos usó para revocarla y por qué la CGT perdió esta batalla judicial?
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, a cargo de la jueza Macarena Marra Giménez, dejó sin efecto la medida cautelar que suspendía 81 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La decisión, que ya está firme, revoca la suspensión que había obtenido la CGT contra el Estado Nacional.
La resolución sostuvo que el juez laboral de primera instancia, Horacio Raúl Ojeda, quien había dictado la cautelar, carecía de competencia. Además, determinó que no se cumplían los requisitos legales para mantener la suspensión de la norma.
¿Por qué la jueza anuló la medida?
Marra Giménez recordó que la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ya había definido que la competencia correspondía al fuero contencioso administrativo, no al laboral. Citó la Ley 26.854 de medidas cautelares contra el Estado, que establece que “los jueces deberán abstenerse de decretar medidas cautelares cuando el conocimiento de la causa no fuese de su competencia”.
La jueza cuestionó el alcance de la cautelar dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N°63, que suspendía artículos vinculados con contratos laborales, indemnizaciones, negociación colectiva, huelga, actividad sindical, vacaciones, jornada laboral y modalidades de contratación.
Un abuso del instituto cautelar
En su fallo, la magistrada señaló que “la accionante persigue a título cautelar la suspensión de artículos mediante los cuales se regulan una amplia gama de cuestiones de una variedad y complejidad tal que excede el estrecho ámbito de apreciación del remedio preliminar deducido”. Agregó que “realizar un examen a título cautelar sobre la arbitrariedad o inconstitucionalidad de 81 artículos de una ley dictada por el Congreso Nacional resultaría un claro abuso del instituto cautelar”.
Marra Giménez también enfatizó que “las leyes gozan de una presunción de legitimidad que opera plenamente” y consideró que el planteo de la CGT requiere “un examen profundo de estudio sobre los derechos involucrados”.
Sin peligro en la demora
El fallo añadió que no existía peligro en la demora que justificara mantener la suspensión de la ley, debido a que la causa tramita bajo el procedimiento sumarísimo, con plazos abreviados para arribar a una sentencia definitiva.
Finalmente, la jueza aclaró que la decisión no implica adelantar opinión sobre la constitucionalidad de la reforma laboral ni sobre la legitimación de la CGT para impulsar la demanda colectiva, cuestiones que serán resueltas en la sentencia definitiva.
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— Ministerio de Capital Humano (@MinCapHum_Ar) May 8, 2026