Un juez frenó el decreto de Milei y La Pampa vuelve a cobrar regalías por Los Nihuiles

El decreto de Milei ya estaba en marcha y las regalías de Los Nihuiles viajaban enteras a Mendoza. Hasta que un juez federal de Santa Rosa puso el freno y La Pampa volvió a quedarse con la mitad de esos fondos.

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Un juez frenó el decreto de Milei y La Pampa vuelve a cobrar regalías por Los Nihuiles
Un juez frenó el decreto de Milei y La Pampa vuelve a cobrar regalías por Los Nihuiles

El juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, dejó sin efecto el Decreto 982/2026 que Javier Milei había firmado para que la totalidad de las regalías del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles quedaran en manos de Mendoza. Con el fallo, La Pampa recupera el derecho a percibir el 50 % de esos recursos, tal como venía ocurriendo desde hacía más de medio siglo.

La medida judicial llegó después de la presentación que hizo el Gobierno de La Pampa, por instrucción del gobernador Sergio Ziliotto, para suspender los efectos de la norma nacional y preservar el derecho provincial sobre las regalías.

Uno de los argumentos centrales del planteo pampeano fue que su derecho a cobrar no depende solo del Decreto 1560/73, la norma que en su momento estableció el reparto en partes iguales entre Mendoza y La Pampa.

El acuerdo que sostiene el reclamo

El antecedente jurídico clave es el convenio firmado en 1992 entre el Estado Nacional, Mendoza y La Pampa. Ese acuerdo fue aprobado por las Legislaturas de las dos provincias y luego homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Su cláusula quinta es la que resultó determinante: allí se dispuso que el Estado Nacional, Mendoza y/o quien fuera propietario del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles debían pagarle a La Pampa las regalías correspondientes, conforme a la Ley 15.336 y al Decreto 1560/73.

En otras palabras, el derecho pampeano quedó incorporado a un acuerdo entre tres jurisdicciones y no dependía de una decisión administrativa unilateral. El convenio también estableció un sistema de contralor de La Pampa sobre la operatividad del complejo, pensado para garantizar los derechos patrimoniales derivados de esas regalías.

Más de cinco décadas de vigencia

El régimen se remonta al Decreto 1560/73, que fijó la liquidación de las regalías del complejo en partes iguales entre Mendoza y La Pampa. En 1984, la Ley 23.164 elevó al 12 % el porcentaje de regalías hidroeléctricas previsto en la legislación nacional, lo que llevó a que el esquema de Los Nihuiles significara un 6 % para cada provincia.

Durante más de 50 años, La Pampa percibió esos fondos. El Decreto 982/2026 cambió esa situación al dejar sin efecto el Decreto 1560/73 y disponer que las regalías generadas desde su entrada en vigor fueran íntegramente para Mendoza.

El antecedente del río Atuel

La discusión no puede separarse de los antecedentes judiciales por el río Atuel. En 1987, la Corte Suprema reconoció su carácter interjurisdiccional y exhortó al Estado Nacional y a ambas provincias a celebrar acuerdos para una participación razonable y equitativa en los usos futuros de sus aguas.

Ese antecedente derivó en el proceso de acuerdos interjurisdiccionales que terminó en el convenio de 1992, donde además de los compromisos sobre el agua quedaron contempladas las regalías hidroeléctricas de La Pampa.

La propia Corte volvió a intervenir hace poco: el 27 de agosto de 2026 ordenó la intervención obligada de La Pampa en la causa que Mendoza promovió contra el Estado Nacional por el régimen de regalías. Esa decisión le permitió a la Provincia ejercer su defensa en un proceso donde el convenio de 1992 está directamente involucrado.

Un decreto que modificó un acuerdo entre jurisdicciones

El Decreto 982/2026 había usado como fundamento el convenio de 1992, pero sostuvo que los antecedentes posteriores justificaban dejar sin efecto el Decreto 1560/73 y modificar hacia adelante el reparto.

La posición de La Pampa fue distinta: planteó que su derecho a percibir las regalías no podía ser desconocido por una decisión unilateral del Estado Nacional, porque estaba respaldado por un acuerdo entre Nación, Mendoza y La Pampa, aprobado por las Legislaturas y homologado por la Corte Suprema.

Con el fallo del juez Baric, ese planteo obtuvo una respuesta favorable en la Justicia Federal. La Pampa recupera así el derecho a cobrar el 50 % de las regalías de Los Nihuiles, mientras sigue el proceso de fondo sobre los derechos y obligaciones derivados del complejo y del convenio interjurisdiccional de 1992.

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