Un juez frenó la prescripción en un caso de abuso a una mujer con retraso madurativo

El juez rechazó el pedido de prescripción y ordenó seguir investigando el abuso a una mujer con retraso madurativo. La víctima no pudo precisar la fecha del ataque, pero la querella logró frenar el archivo. ¿Qué argumentos pesaron en la decisión?

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Un juez frenó la prescripción en un caso de abuso a una mujer con retraso madurativo
Un juez frenó la prescripción en un caso de abuso a una mujer con retraso madurativo

El juez de Control de la Cuarta Circunscripción Judicial, con asiento en Victorica, Carlos Espínola, rechazó el pedido de prescripción que habían presentado el fiscal Nicolás Rojo Mateos y el defensor del imputado, y ordenó que continúe la investigación por un caso de abuso sexual agravado. La víctima es una mujer de 45 años con retraso madurativo, que denunció a un vecino tras años de silencio.

La decisión se conoció este martes, después de una audiencia celebrada el 2 de agosto en la que el magistrado escuchó los argumentos de las partes y se tomó un tiempo para resolver. En su fallo, Espínola sostuvo que la fecha exacta del hecho es clave para definir la prescripción, pero remarcó que la condición de la víctima impide tomar su testimonio de manera literal.

“La persona con capacidad disminuida por retraso madurativo, que carece de razonamiento abstracto, no puede dar una fecha certera de ocurrencia, y si la dio no puede tomárselo literalmente”, señaló el juez en sus considerandos. Y agregó que ese testimonio debe integrarse con el informe y la pericia psicológica, que en este caso aún no se realizó, y con otras pruebas pendientes.

El hecho investigado

Según la documentación a la que accedió LA ARENA, la mujer padece un retraso madurativo que le impidió contar lo sucedido durante mucho tiempo. Recién en marzo de 2024 se lo relató a su madre, quien radicó la denuncia en sede policial el 18 de ese mes. La causa estuvo a punto de archivarse: el 7 de abril se dispuso el cierre provisorio por el tiempo transcurrido y la posible prescripción.

Sin embargo, la querella, encabezada por el abogado Mariano Gastón Gualpa, logró que el juez ordenara la reapertura el 11 de julio de 2024. El acusado declaró el 7 de agosto siguiente y se realizó una Cámara Gesell en la que la víctima brindó detalles del ataque. Esa pericia fue determinante para que, el 18 de febrero de 2025, Espínola formalizara la imputación por “abuso sexual agravado por acceso carnal en contexto de violencia de género”.

En la imputación se describió que el hecho ocurrió en el patio trasero de una vivienda de calle 30 entre 13 y 15 de Victorica, donde había un taller con un baño. Según la acusación, el hombre llevó a la mujer “a la rastra”, la tiró al piso y abusó sexualmente de ella.

El pedido de prescripción

El fiscal Rojo Mateos pidió que se declare extinguida la acción penal por prescripción, citando los artículos 59, 62, 63 y 67 del Código Penal. En su presentación, aclaró que su solicitud “no implica desconocer la gravedad del episodio relatado, cuestionar la credibilidad de la mujer ni desatender su situación de vulnerabilidad”. Insistió en que la investigación fue reabierta, se tomaron medidas preventivas y se realizaron pericias, pero que el Estado ya no estaría habilitado para juzgar el caso.

El defensor del acusado, Julio César Pagella, adhirió a los argumentos de la Fiscalía y también solicitó la prescripción.

La querella, en cambio, se opuso de manera tajante. Gualpa pidió que se rechace el planteo y que la causa avance “hasta la total averiguación de la verdad y sanción del responsable”. Sostuvo que aplicar el cómputo tradicional de la prescripción en un caso de discapacidad cognitiva implica “un acto de discriminación institucional”, prohibido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las Reglas de Brasilia.

“La inmadurez cognitiva y el retraso mental equiparan la situación de la víctima a la de un menor de edad. La Fiscalía vulnera el principio de igualdad ante la ley al aplicar un criterio etario rígido y desatender la incapacidad madurativa constatada pericialmente”, concluyó el abogado.

Finalmente, el juez Espínola resolvió no hacer lugar a la prescripción, al considerar que no está acreditada con precisión la fecha del hecho y que hay pruebas pendientes de producción. La causa continuará en la etapa de investigación fiscal preparatoria.

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