Un juicio histórico en Rosario: 12 ciudadanos decidirán el destino de un acusado de doble crimen

¿Qué pasó en el primer juicio por jurados de Rosario? Doce ciudadanos tienen en sus manos la decisión más difícil: ¿culpable o inocente? Los detalles que no te contaron.

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Un juicio histórico en Rosario: 12 ciudadanos decidirán el destino de un acusado de doble crimen

Este lunes comenzó en el Centro de Justicia Penal de Rosario el primer juicio por jurados de la historia de la ciudad, un hito para la provincia. El fiscal regional Matías Merlo explicó que 12 ciudadanos de la sociedad civil serán los únicos responsables de emitir el veredicto de culpabilidad o inocencia.

El caso que marca el debut es el de Aníbal Ramón Cabaña, acusado de asesinar a su expareja Natalia Ocampo y a César Valenzuela, con quien ella iniciaba una relación. El crimen ocurrió el 6 de abril del año pasado en Uruguay al 5300. Según los datos previos al proceso, el acusado tenía denuncias por violencia de género desde 2010. La acusación está a cargo del fiscal Alejandro Ferlazzo.

¿Cómo se eligen los jurados?

Merlo detalló que la selección se realiza por sorteo a partir de un listado que se actualiza cada dos años con ciudadanos del padrón provincial. Se requiere al menos dos años de residencia en Santa Fe y quedan excluidos quienes tengan condenas penales, sean fallidos civiles, estén acusados por el MPA o sean familiares directos de integrantes del Poder Judicial.

Los jurados titulares y suplentes reciben viáticos por los días de ausencia laboral. Según experiencias previas en otras localidades, los juicios suelen durar uno o dos días, y hasta tres o cuatro en casos complejos. Para Merlo, participar “es un derecho y un deber ciudadano”.

La regla de la unanimidad

Tras escuchar los alegatos y las pruebas, los jurados deliberan a puertas cerradas. El veredicto debe ser unánime: los 12 deben coincidir en culpabilidad o inocencia. Si no logran el consenso, el juez da nuevas instrucciones y se requiere una mayoría de diez votos para declarar culpable. “Si no se alcanza esa mayoría, se declara la no culpabilidad”, aclaró Merlo. En caso de condena, la pena la define el juez en una audiencia posterior.

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