Un mismo allanamiento, dos condenas y una sola pena: la Justicia Federal unificó el castigo para una vecina de Catriel

Dos condenas en fueros distintos parecían condenarla a más tiempo tras las rejas. El mismo allanamiento que las originó terminó jugando a su favor: la Justicia unificó las penas y definió dónde cumplirá los tres años.

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Un mismo allanamiento, dos condenas y una sola pena: la Justicia Federal unificó el castigo para una vecina de Catriel
Un mismo allanamiento, dos condenas y una sola pena: la Justicia Federal unificó el castigo para una vecina de Catriel

El Tribunal Oral Federal de General Roca resolvió unificar las condenas que pesaban sobre una mujer de Catriel y fijó una pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, que seguirá cumpliendo bajo la modalidad de arresto domiciliario con monitoreo electrónico en su casa, bajo la tutela de su madre.

La decisión la tomó el juez de Cámara subrogante Marcos Javier Aguerrido en una audiencia unipersonal realizada por Zoom. De la diligencia participaron el auxiliar fiscal Diego Martín Paolini, de la Unidad Fiscal de General Roca, el defensor particular Ángelo Raúl Zamataro Amaranto y la propia condenada. El objetivo del acto era sustanciar la condena única después de dos sentencias dictadas en fueros distintos por delitos que se descubrieron en un mismo procedimiento.

Dos causas nacidas en un mismo allanamiento

Los hechos que derivaron en ambas condenas salieron a la luz el 22 de abril de 2023, durante un allanamiento en el que se secuestraron estupefacientes y material de abuso sexual infantil. Aunque todo surgió del mismo operativo policial, las causas tramitaron por separado por razones de competencia material y territorial ajenas a la imputada.

En el fuero federal, el Tribunal Oral de General Roca le impuso el 30 de abril de 2026 una pena de dos años y seis meses de prisión por tenencia de estupefacientes. En el fuero provincial, el Foro de Jueces y Juezas de la IV Circunscripción Judicial de Río Negro la condenó el 29 de julio de 2026 por tenencia de material de abuso sexual infantil.

Al fundamentar la resolución, el juez Aguerrido remarcó que ambos delitos «fueron descubiertos en un mismo procedimiento de allanamiento, practicado el 22 de abril de 2023, esto es, con anterioridad a la existencia de cualquiera de las dos sentencias». En ese marco, concluyó que el caso encuadra en el primer supuesto del artículo 58 del Código Penal sobre unificación de condenas.

El magistrado explicó que el juzgamiento por separado de hechos en concurso real «no puede derivar en un tratamiento más gravoso que el que hubiera correspondido de haberse juzgado ambos hechos en un único proceso». También señaló la omisión de la jueza provincial en pronunciarse sobre la unificación y aplicó el precedente «Pineda» de la Corte Suprema de Justicia para asumir la competencia por ser el tribunal que impuso la pena mayor.

Salud, contención y detención domiciliaria

Para disponer el mantenimiento del arresto domiciliario en Catriel, el tribunal ponderó el estado de salud de la condenada. Durante el interrogatorio de identificación, la mujer de 34 años declaró que vive con su madre y su pareja. Explicó que está bajo tratamiento psiquiátrico y farmacológico permanente, que posee certificado de discapacidad por hipoacusia neurosensorial bilateral y que se dedica a la elaboración informal de jabones para la venta.

Además, remarcó que cumple la pena en su vivienda «sin haber registrado incidentes ni incumplimientos desde su colocación» el 1 de junio de 2026, lo que justificó preservar la continuidad de su tratamiento médico y de la contención familiar conforme a los artículos 10 del Código Penal y 32 de la Ley 24.660.

En la audiencia, el representante fiscal ratificó su dictamen y solicitó la pena única de tres años de prisión efectiva con arresto domiciliario, pretensión a la que adhirió la defensa. Tras notificarse lo resuelto, las partes renunciaron a los plazos recursivos y la sentencia alcanzó firmeza en el mismo acto.

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