Un policía acusado de violencia de género logró que el tribunal anule la citación a juicio

El juez detectó contradicciones en las fechas de los hechos y anuló la citación a juicio. ¿Podrá la Fiscalía corregir los errores? Los detalles.

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Un policía acusado de violencia de género logró que el tribunal anule la citación a juicio
Un policía acusado de violencia de género logró que el tribunal anule la citación a juicio

Un efectivo policial acusado de amenazas y privación ilegítima de la libertad en contexto de violencia de género logró que la Justicia declare la nulidad de la citación a juicio. El juez Correccional de Tercera Nominación, Javier Herrera, detectó graves contradicciones en la descripción de los hechos y devolvió el expediente a la Fiscalía para que reencauce la acusación.

¿Qué pasó con el proceso?

El magistrado consideró que la requisitoria fiscal presentaba deficiencias en la determinación temporal de los hechos, lo que afectaba el derecho de defensa del imputado. Por eso, ordenó devolver el caso a la Fiscalía de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en Andalgalá, para que se corrijan los errores y se vuelva a plantear la acusación.

El acusado, cuya identidad no fue revelada, enfrenta cargos por amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, abuso de armas y amenazas y privación ilegítima de la libertad en contexto de violencia de género. Los hechos habrían ocurrido entre 2019 y 2022 en la localidad de Saujil, departamento Pomán.

¿Cuáles son los hechos que se le imputan?

Según la investigación, el primer episodio habría tenido lugar en octubre de 2019, en la vivienda del padre del agresor, donde convivía con su entonces pareja. En medio de una discusión, el hombre la golpeó y, según la acusación, “tomó su arma reglamentaria y le disparó al lado del pecho de su pareja”. La bala perforó el colchón de la cama y quedó incrustada en el piso.

Un mes después, en noviembre de 2019, se registró un segundo episodio en el mismo lugar. El acusado, sin uniforme, volvió a agredirla y disparó al piso. Además, la amenazó de muerte diciéndole que si se iba de la casa la iba a matar.

El tercer hecho habría ocurrido entre octubre de 2021 y enero de 2022, cuando el hombre, ya separado, la habría privado de su libertad y la amenazó mediante mensajes de texto. Uno de ellos decía: “Dios y la Virgen a la bebé no le falte o le pase algo porque te juro que no voy a responder en lo que haga”.

¿Cuál fue el planteo de la defensa?

El abogado defensor, Pedro Justiniano Vélez, solicitó la nulidad de la requisitoria de elevación a juicio al considerar que no cumplía con los requisitos de claridad, precisión y circunstanciación que exige el Código Procesal Penal. En particular, señaló que las fechas de los primeros dos hechos eran contradictorias: se hablaba de “invierno de 2019” y al mismo tiempo de “octubre y noviembre”, lo que impedía saber con exactitud cuándo ocurrieron.

La defensa también cuestionó la descripción del tercer hecho, al entender que no se precisaban las circunstancias concretas del encierro ni las amenazas atribuidas.

¿Qué resolvió el juez?

El juez Herrera coincidió con los planteos y sostuvo que “la requisitoria fiscal no satisface las exigencias previstas en el Código Procesal Penal”. En su fallo, explicó que las contradicciones en la descripción de los hechos impiden conocer con precisión el objeto del debate y afectan el derecho de defensa del imputado.

“No se trata de cuestiones probatorias ni de mérito, sino de deficiencias en la formulación de la acusación”, remarcó el magistrado, quien declaró la nulidad absoluta de la citación a juicio y de los actos consecuentes.

El expediente fue devuelto a la Fiscalía de origen para que se arbitren los medios necesarios y se procure el pronto reencauzamiento del sumario.

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