Un proyecto en el Chaco busca frenar los desalojos de comunidades originarias por cinco años
La emergencia territorial nacional llegó a su fin y las comunidades qom, moqoit y wichí del Chaco quedaron sin protección. Un proyecto provincial busca frenar los desalojos por cinco años y avanzar con la regularización de sus tierras, pero la iniciativa está trabada en una comisión.
Con la emergencia territorial indígena a nivel nacional llegando a su fin, un proyecto presentado en la Cámara de Diputados del Chaco propone crear un régimen provincial que suspenda por cinco años los desalojos de comunidades qom, moqoit y wichí, y que allane el camino hacia la regularización y titularización definitiva de sus tierras.
La iniciativa, identificada como expediente 2534/2025, es impulsada por los diputados Rodolfo Schwartz y Rubén Guillón. Aunque ya consiguió despacho favorable por mayoría en las comisiones de Pueblos Indígenas y de Asuntos Constitucionales, sigue “en cartera” en la Comisión de Tierras, Regularización, Desarrollo del Hábitat y Vivienda, lo que por ahora le impide llegar al recinto para su debate.
Desde el sector que promueve la norma cuestionaron que la mayoría del Frente Chaco Puede decidiera mantenerla en estudio y advirtieron que esa demora posterga el tratamiento de una ley que consideran urgente, sobre todo ante la falta de una protección nacional equivalente.
Qué propone el proyecto
La iniciativa declara de interés público la protección, regularización y titularización de las tierras ocupadas por comunidades, familias o personas de los pueblos qom, moqoit y wichí. Lo presenta como parte de una reparación histórica basada en el reconocimiento constitucional de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas.
Uno de los ejes centrales es la suspensión, por cinco años desde la eventual promulgación, de la ejecución de sentencias y de actos procesales o administrativos destinados al desalojo o desocupación de tierras indígenas. Para acceder a esa protección, la posesión deberá ser actual, tradicional, pública y estar fehacientemente acreditada.
También se prevé la suspensión de procesos penales contra integrantes de comunidades bajo la figura de usurpación, siempre que estén vinculados con acciones de defensa o recuperación territorial.
La propuesta busca replicar en la provincia lo que hizo la ley nacional 26.160 y sus prórrogas, que declaró la emergencia sobre la posesión y propiedad de tierras ocupadas por comunidades indígenas y frenó los desalojos mientras se realizaban los relevamientos. El proyecto provincial surgió después de que el decreto nacional 1083/2024 derogara la última prórroga de esa emergencia.
En los fundamentos, Schwartz y Guillón sostuvieron que el fin de esa protección dejó a numerosas comunidades expuestas a conflictos judiciales, desalojos y procesos penales mientras siguen esperando la regularización de sus tierras.
Plan de Reparación Histórica
Además de la suspensión de desalojos, el proyecto crea el Plan Operativo de Reparación Histórica de Tierras y Territorios Indígenas, con el objetivo de completar los relevamientos y aportar herramientas administrativas y jurídicas para avanzar hacia la titularización definitiva.
Durante los primeros tres años de vigencia, la autoridad de aplicación deberá completar, corregir o validar el relevamiento técnico, jurídico y catastral iniciado en el marco de la Ley Nacional 26.160. Para eso, se articulará con municipios, universidades nacionales, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, organizaciones indígenas y entidades no gubernamentales.
El texto subraya que se tomará como punto de partida la información oral y escrita preservada por las propias comunidades, reconociendo el conocimiento de ancianos y ancianas sobre límites, formas de ocupación y usos tradicionales del territorio. No solo se identificarán los lugares de residencia, sino también zonas históricas de agricultura, pastoreo, pesca, caza y recolección, así como aguadas, bosques, cementerios y espacios ceremoniales.
Se crearían mesas operativas en las cabeceras departamentales, integradas por representantes del Instituto del Aborigen Chaqueño (Idach), municipios, Instituto de Tierras Fiscales, Registro de la Propiedad Inmueble, Dirección de Catastro, comisiones legislativas y comunidades indígenas. Su tarea sería reunir información catastral y registral, identificar a los titulares, elaborar diagnósticos por departamento y fijar prioridades. La representación indígena debería ser equivalente a la de los organismos estatales, con integrantes propuestos por las propias comunidades.
Cementerios y sitios sagrados
Otro capítulo importante es el de los cementerios y sitios sagrados, ceremoniales, religiosos, espirituales y culturales. El proyecto fija un plazo de 18 meses para concluir su relevamiento y registro en toda la provincia. Mientras tanto, deberían suspenderse preventivamente los otorgamientos de títulos, la constitución de servidumbres y las obras o movimientos de suelo sobre los lugares denunciados o investigados como sagrados.
Si el relevamiento confirma su importancia para una comunidad, se adoptarían medidas especiales de protección, incluso la nulidad de actuaciones que hubieran otorgado derechos sobre esos espacios a terceros. También se restringe el ingreso de investigadores, especialistas, organizaciones religiosas, empresas turísticas o emprendimientos privados a los territorios comunitarios sin el consentimiento expreso de la asamblea o de las autoridades elegidas por la comunidad.
Además, el proyecto establece que la ley no podrá modificarse sin una consulta libre, previa e informada a los pueblos indígenas. Mientras aguarda completar su tratamiento en comisiones, sus impulsores buscan los respaldos necesarios para que la propuesta llegue al recinto y el Chaco cuente con una herramienta propia frente a los conflictos territoriales y las amenazas de desalojo.
Fondo y protección especial
Todos los procedimientos administrativos y judiciales vinculados con el plan serían gratuitos. El Estado provincial debería cubrir el costo de pericias antropológicas, mensuras, planos, títulos de propiedad e inscripciones registrales. Para financiarlo, se crea un fondo provincial con asignación presupuestaria inicial, partidas anuales, aportes, donaciones y recursos de organismos multilaterales. Su utilización debería informarse públicamente cada seis meses.
El Idach sería la autoridad de aplicación de la futura norma. Las tierras comprendidas por el régimen serían imprescriptibles, indivisibles, inembargables, inenajenables y no podrían quedar sujetas a gravámenes.
El proyecto también contempla incorporar al régimen comunitario tierras adjudicadas individualmente a personas indígenas fallecidas, cuando sus descendientes expresen conformidad. En casos de despojos, usurpaciones, delitos o irregularidades en la adquisición del dominio, la autoridad debería impulsar investigaciones y promover la restitución de las tierras; si no fuera posible, se prevé una compensación con tierras aptas y suficientes.
Derecho sucesorio
La iniciativa propone que las tierras indígenas queden exceptuadas del régimen sucesorio del Código Procesal Civil y Comercial del Chaco. En esos casos, la transmisión dentro de las comunidades se haría según el derecho consuetudinario y las modalidades propias de cada pueblo, conforme al Convenio 169 de la OIT.
La inscripción de las comunidades en el registro provincial tendría carácter meramente declarativo: no originaría su existencia ni su personalidad jurídica, sino que certificaría una realidad comunitaria preexistente. La iniciativa aclara que esa inscripción no podrá usarse para desconocer la personería jurídica ancestral de los pueblos indígenas.