Un sobrepaso prohibido en la ruta a Speluzzi terminó en una condena que nadie esperaba
¿Qué pasó con el conductor que causó un choque con cinco heridos en la ruta a Speluzzi? La Justicia de La Pampa dictó una condena que incluye cárcel y una dura inhabilitación. Conocé los detalles del fallo.
La Justicia de General Pico puso punto final a una causa que estremeció a la región. El conductor que en septiembre de 2025 protagonizó un violento choque en cadena con cinco víctimas en la ruta a Speluzzi fue condenado a dos años y seis meses de prisión efectiva.
El fallo recayó sobre Juan Pablo Redondo, de 46 años, quien aceptó un juicio abreviado y fue declarado coautor material de lesiones graves culposas agravadas y lesiones leves culposas. Además, perdió su licencia de conducir por cuatro años, una sanción que acompaña a la pena de encierro.
¿Cómo ocurrió el siniestro?
La investigación reconstruyó minuto a minuto lo sucedido el 19 de septiembre de 2025, alrededor de las 20:45. Redondo manejaba una camioneta Volkswagen Amarok a alta velocidad por la primera curva del camino que une General Pico con Speluzzi. En un tramo marcado con doble línea amarilla, intentó adelantar a un Renault Logan que iba conducido por una mujer, acompañada por su hija de 14 años.
Pero la maniobra no terminó ahí. También intentó superar a una moto Honda Wave, en la que viajaban un hombre y su pareja. Al cruzar al carril contrario, se topó de frente con un Chevrolet Aveo que venía en sentido opuesto, proveniente de Vértiz con destino a Metileo. El impacto fue inevitable y desató una reacción en cadena.
El conductor del Aveo, que viajaba con su pareja y su nieto de 6 años, perdió el control del vehículo y terminó chocando contra el Renault Logan. El saldo fue contundente: la conductora del Logan sufrió lesiones graves, mientras que su hija y los tres ocupantes del Aveo resultaron con heridas leves.
Las pruebas que sellaron la condena
El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por el propio imputado, su defensor particular Fernando Bardín y el fiscal Guillermo Komarofky. Las víctimas fueron notificadas por el Ministerio Público Fiscal sobre los términos del acuerdo y dieron su consentimiento.
La fiscalía se apoyó en un informe pericial accidentológico de la Agencia de Investigación Científica, el acta de inspección ocular y los testimonios de los presentes. Con esos elementos, el juez Heber Pregno consideró acreditada la conducta imprudente y temeraria del conductor.
“Ha quedado demostrada la conducta imprudente, negligente y antirreglamentaria del imputado y el resultado de la misma”, sostuvo el magistrado en su resolución.
La condena no fue la única consecuencia. Dado que Redondo ya contaba con antecedentes, se le revocó la condicionalidad de una pena anterior y se unificó con la nueva, quedando una pena única de dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, más la inhabilitación para manejar por cuatro años.
“Como lo marca la ley procesal, el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas”, explicó Pregno al fundamentar el fallo.