Un tope del 15% para tierras en manos extranjeras: el proyecto que sacude a Corrientes

¿Qué pasa con las tierras correntinas? El senador Ruiz Aragón propone un límite del 15% para capitales extranjeros y protege el Iberá. Los detalles que nadie contó.

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Un tope del 15% para tierras en manos extranjeras: el proyecto que sacude a Corrientes
Un tope del 15% para tierras en manos extranjeras: el proyecto que sacude a Corrientes

El senador provincial José «Pitín» Ruiz Aragón (PJ) presentó un proyecto de ley que busca ponerle un freno a la venta de campos y reservas naturales a inversores extranjeros en Corrientes. La iniciativa establece un límite del 15% del territorio provincial para capitales foráneos y protege zonas estratégicas como los esteros del Iberá y las cuencas de los ríos Paraná y Uruguay.

La propuesta ingresó este jueves a la Cámara de Senadores durante la sesión ordinaria, donde el cuerpo resolvió girar el expediente a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales para su tratamiento técnico y posterior dictamen.

Una respuesta a la Nación

La iniciativa busca blindar los recursos provinciales ante la intención del Poder Ejecutivo nacional de derogar la Ley 26.737 de Tierras Rurales a través del Congreso. Si se convierte en norma, Corrientes dispondrá de un marco propio de resguardo, garantizando soberanía ambiental sobre cuencas hídricas vitales y el ecosistema del Iberá.

¿Qué establece el proyecto?

El corazón de la propuesta fija que la titularidad, posesión o tenencia de campos fuera de los ejidos urbanos por parte de personas o empresas extranjeras no podrá superar el 15% de la superficie total de la provincia. Además, establece un tope adicional del 30% dentro de esa cuota para personas o firmas de una misma nacionalidad, evitando la concentración del suelo en manos de un solo grupo económico o país.

También incorpora la prohibición absoluta de que inversores extranjeros adquieran tierras ribereñas o que contengan cuerpos de agua permanentes de envergadura, así como inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera.

Críticas a la Casa Rosada

En los fundamentos, Ruiz Aragón remarcó la urgencia de legislar a nivel local para salvaguardar los bienes comunes frente a los intentos de apertura irrestricta impulsados desde la Capital Federal. El legislador peronista cuestionó las intenciones del gobierno nacional y señaló que se promueve «una política de entrega del territorio nacional a la especulación financiera internacional», alertando sobre los riesgos de liberar el mercado inmobiliario rural a fondos y corporaciones internacionales.

Autonomía provincial

La iniciativa se apoya en el artículo 124 de la Constitución Nacional y el artículo 58 de la Carta Magna correntina, que establecen que el dominio originario del suelo pertenece a las provincias. Esto habilita la regulación autonómica sin depender de los debates en el Congreso de la Nación.

Controles y registro

Para garantizar el cumplimiento de las restricciones, el articulado dispone la creación del Registro Provincial de Tierras Rurales bajo el ámbito del Poder Ejecutivo provincial. Esta repartición tendrá a su cargo la elaboración de un relevamiento catastral y dominial en un plazo de 180 días, además de la emisión obligatoria de un Certificado Provincial de Habilitación para cualquier operación de compraventa inmobiliaria rural con participación de capitales foráneos.

Contexto nacional e internacional

La propuesta no es un hecho aislado. La Provincia de Buenos Aires impulsó un registro específico para fiscalizar la concentración dominial, mientras que Neuquén remitió a sus legisladores en agosto pasado una iniciativa orientada a reservar la asignación de tierras fiscales exclusivamente a ciudadanos argentinos. A nivel global, potencias como Brasil, Canadá, Estados Unidos, Australia y Nueva Zelanda sostienen marcos regulatorios severos sobre la propiedad rural en áreas sensibles.

De prosperar la iniciativa, toda transacción o figura jurídica que intente eludir los topes mediante testaferros o estructuras societarias complejas responderá con la nulidad absoluta de la compra, imputando además la responsabilidad patrimonial a los intermediarios que otorguen escrituras o instrumentos privados fuera de la regla legal.

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