Una denuncia anónima por olor a marihuana desató una causa que terminó con un llamado de atención a la Justicia
Sociedad · Santa Cruz

Una denuncia anónima por olor a marihuana desató una causa que terminó con un llamado de atención a la Justicia

Una denuncia anónima por olor a marihuana terminó con una empresa de científicos locales sobreseída y un fuerte reproche de la jueza al Ministerio Público. La historia detrás del caso que dejó al descubierto un laberinto regulatorio y un error policial que estuvo a punto de costarle cinco años de prisión a cuatro profesionales.

La Justicia Federal de Río Gallegos cerró de manera definitiva la causa que durante catorce meses mantuvo en vilo a la empresa Cáñamo Sur S.A.S. y a los cuatro profesionales que la integran. El sobreseimiento firme e irrevocable dejó en claro que el proceso no afecta el buen nombre ni el honor de los involucrados.

El conflicto se originó en julio de 2025 a partir de una denuncia anónima. La Fiscalía Federal, a cargo del fiscal interino Julio Zárate, acusó a los profesionales por siembra y cultivo de cannabis sin autorización, encuadrando la conducta en el artículo 5 de la Ley 23.737, y llegó a pedir una pena de cinco años de prisión efectiva.

El giro en la audiencia

El 23 de septiembre de 2026, durante la audiencia de control de acusación, la propia fiscalía dio marcha atrás. Según destacó la empresa, Zárate, con el aval de la Fiscalía General, aceptó el planteo de la defensa y reconoció que la conducta imputada no fue antijurídica porque la firma contaba con autorización estatal para desarrollar sus actividades antes y después del período investigado.

En esa misma instancia, el representante del Ministerio Público admitió que no podía atribuirse responsabilidad a los imputados por un marco regulatorio burocrático y retiró la acusación.

El reproche de la jueza

Al dictar el sobreseimiento, la jueza federal de garantías Mariel E. Borruto fue categórica. Según los pasajes que rescató Cáñamo Sur, la magistrada señaló que la imprecisión normativa “ya existía al inicio de las actuaciones” y sostuvo que “el Ministerio Público Fiscal debió haber actuado en este caso con mayor mesura” y “debió haber morigerado la intensidad con que ejerció la persecución penal”.

La jueza también hizo un “llamado a la reflexión a la luz del tiempo que insumió este proceso, su resultado y los esfuerzos que demandó tanto a esa acusación como a este tribunal y a las fuerzas de seguridad”, y dejó en evidencia un gasto presupuestario para el erario público “sensiblemente mayor” que el de cualquier reparación.

Un laberinto regulatorio y datos equivocados

Desde la empresa explicaron que el problema no fue el destino del cultivo: nadie sostuvo que Cáñamo Sur produjera para otra cosa que no fuera investigación. El expediente giró en torno a una sola pregunta: si el cultivo estaba autorizado o no.

La firma lleva cinco años cultivando cannabis con fines de investigación en Río Gallegos. Tiene un convenio de investigación y desarrollo con el INTA desde 2021, un proyecto de cultivo con fines medicinales y científicos aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación en 2022 (RESOL-2022-1398-APN-MS) y una inscripción vigente ante el INASE (N° 11995/ADFH).

Según Cáñamo Sur, lo que atrapó a la empresa y también al fiscal fue “el laberinto regulatorio armado entre INASE, REPROCANN y ARICCAME: tres organismos con competencias superpuestas que durante 2025 cambiaron trámites y exigencias sin que nadie pudiera decir con certeza cuál era la ventanilla correcta”.

A ese entramado se sumó una investigación con datos equivocados. Los oficios a los organismos administrativos para verificar la existencia de permisos se libraron con datos erróneos de la empresa y todos volvieron informando que no había autorización. “La había: se había preguntado por otro domicilio. Bastaba cotejar el nombre y el domicilio de la firma con la inscripción del INASE para advertir el error”, remarcaron.

Las consecuencias de una causa infundada

La denuncia anónima de julio de 2025 derivó en un allanamiento, la clausura del establecimiento, 75 días de custodia permanente de la Prefectura Naval, pericias de Gendarmería Nacional y un año de paralización de una empresa de cuatro profesionales santacruceños.

Ya el 1 de septiembre de 2025 la jueza de garantías había rechazado la pretensión fiscal, levantado la clausura y ordenado devolver los efectos secuestrados. Sin embargo, la fiscalía insistió por vía de revisión y sostuvo la acusación durante un año más.

Para cerrar formalmente el proceso, los integrantes de la empresa ofrecieron, sin reconocimiento de responsabilidad alguna, una reparación de $1.300.000 destinada en partes iguales al Hospital Regional Río Gallegos y al Hospital SAMIC de El Calafate. El acuerdo fue homologado por la Justicia y los fondos ya están depositados y a disposición de la salud pública santacruceña.

El futuro de la firma

Con la resolución firme, Cáñamo Sur recuperó los elementos secuestrados y el banco de semillas de las seis variedades que está inscribiendo ante el INASE, fruto de cinco años de trabajo de fitomejoramiento. “La empresa continúa su actividad con los mismos permisos que tenía antes de la denuncia”, concluyeron.

La mirada del abogado defensor

En diálogo con La Opinión Austral, el abogado Tomás Guzmán de San Félix, defensor de la firma, afirmó: “Ya no se puede utilizar la lógica Cannabis = estupefaciente = delito. Algunos operadores de las Fuerzas de Seguridad y Acusadores Fiscales siguen usando un modus operandi donde una denuncia por olor o la presencia de Cannabis ya genera una presunción de que la actividad es ilegal”.

Guzmán también se refirió a la legislación vigente: “Las Leyes 27350 de Uso medicinal de la planta de Cannabis y 27669 para el desarrollo de la industria del cannabis instauraron un nuevo paradigma sobre el cultivo y consumo de cannabis con fines terapéuticos, y han reconfigurado el alcance punitivo de la ley de estupefacientes 23.737. Cuando una fuerza de seguridad o acusador fiscal desconoce el marco legal habilitante, o lo conoce pero no lo respeta, se generan daños materiales y morales que son imposibles de reparar”.

Y agregó: “Lo primero que uno piensa como daño son los 14 meses que estuvo la empresa frenada sin desarrollar su actividad, con su cultivo secuestrado, pero ¿y el sufrimiento que le genera a una persona ser perseguida por el Estado durante 14 meses?”.

Para cerrar, el letrado reflexionó: “Argentina es un país que lleva décadas de inestabilidad económica, los ciudadanos de a pie lo sabemos mejor que nadie. Las leyes 27350 y 27669 aseguran el desarrollo de una nueva industria. Mucha gente se embarcó en esta nueva industria, con la expectativa que les generan las leyes dictadas por el Poder Legislativo, y emprende en una industria que llegó para quedarse, y de mucho potencial, pero ¿qué pasa cuando el Poder Ejecutivo desconoce el mandato legal y no ejecuta como corresponde? ¿Cómo se puede desarrollar una industria si la Política Criminal o la Acusación Fiscal no distingue entre un narcotraficante y una empresa de investigación científica? Se requiere mucha capacitación por parte del Poder Ejecutivo y del Ministerio Público Fiscal para que no se siga persiguiendo a gente inocente cuya única intención es desarrollarse personalmente y dedicarse a una actividad que los apasiona y motiva”.

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