Una maniobra al bajar del colectivo cambió su vida para siempre: la Justicia ordenó un resarcimiento millonario

¿Qué sucede cuando un simple descenso de un colectivo se convierte en un evento que altera una vida por completo? Los detalles del fallo judicial que ordenó un resarcimiento millonario tras una maniobra que dejó secuelas permanentes.

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Una maniobra al bajar del colectivo cambió su vida para siempre: la Justicia ordenó un resarcimiento millonario

Una mujer sufrió graves lesiones tras caer de un colectivo cuando el conductor reanudó la marcha intempestivamente, y la Justicia acaba de ordenar una indemnización total de 18 millones de pesos. El fallo, dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, modificó parcialmente una sentencia anterior y sienta un precedente sobre la responsabilidad de las empresas de transporte.

El incidente ocurrió en septiembre de 2021 en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora. La pasajera, de 56 años, intentaba descender del colectivo cuando el conductor reanudó la marcha de forma repentina, provocando su caída al asfalto. La mujer había abonado su pasaje con la tarjeta SUBE, lo que acreditó su condición de pasajera y el contrato de transporte vigente en ese momento.

¿Qué determinaron los peritajes médicos?

Los peritajes médicos fueron clave para establecer la responsabilidad civil de la empresa prestataria del servicio. A pesar de que la empresa y su aseguradora cuestionaron la relación entre el accidente y las secuelas, los informes periciales confirmaron la gravedad del cuadro que atraviesa la mujer desde el día del siniestro.

Se determinó una incapacidad física parcial y permanente del 40%, limitando de forma definitiva su movilidad y autonomía. Además, el tribunal reconoció una incapacidad psíquica del 15%, producto de un síndrome depresivo reactivo grado II, que alteró su estructura emocional previa.

¿Cómo se calculó la indemnización?

La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil elevó los montos tras evaluar el impacto integral en la vida de la víctima, aplicando el principio de reparación plena. La indemnización original de poco más de 14 millones de pesos fue aumentada a 18 millones.

Se fijaron 6 millones de pesos para compensar el daño moral, incluyendo el padecimiento espiritual, el dolor y el “displacer” sufrido. También se confirmaron 200 mil pesos en gastos médicos, como farmacia y traslados, considerados erogaciones razonables ante la magnitud de las lesiones.

El tribunal rechazó los argumentos de la defensa, que sostenía que la pasajera ya contaba con patologías previas. Los jueces destacaron que la indemnización debe permitir a la víctima “procurarse satisfacciones compensatorias” para restablecer, en lo posible, el equilibrio alterado por el hecho dañoso.

¿Qué establece el fallo sobre los intereses?

Para evitar el enriquecimiento indebido y garantizar que el monto no pierda valor frente a la inflación, el fallo estableció una tasa de interés específica. Se aplicará un 8% anual desde el momento del hecho hasta la sentencia de primera instancia, y a partir de allí la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago.

Esta resolución subraya la responsabilidad de las empresas de transporte en la seguridad de los ciudadanos al momento de subir o bajar de las unidades, marcando un precedente importante en casos similares.

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