La Corte Suprema le cerró la puerta y ahora el jefe comunal de Loventuel debe dejar el cargo. La condena que lo aparta de la función pública tiene un detalle que llama la atención: la cifra de la multa.
El presidente de la Comisión de Fomento de Loventuel, Oscar Hugo Martínez, deberá apartarse de su cargo durante dos meses en las próximas horas. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) desestimó la apelación presentada por su defensa y dejó firme la condena por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
La sanción es llamativa por su escala: una multa de apenas $5.000 y la inhabilitación para ejercer cargos públicos por dos meses. Según el fallo al que accedió Diario Textual, los jueces del máximo tribunal rechazaron la presentación sin entrar a analizar los planteos de fondo.
Con la sentencia confirmada, Martínez debe dejar la conducción comunal una vez que sea notificado, algo que podría ocurrir este viernes 30 o, a más tardar, el lunes 2. Pasado ese lapso, podrá volver a ocupar el puesto.
El origen: un préstamo y un cheque rechazado
El expediente se remonta a 2016, cuando Martínez gestionó un préstamo de $2.600.000 para obras en el salón de usos múltiples de Loventuel. El dinero lo aportaron futbolistas profesionales a través de la intermediación de Sebastián Daniel Borrás Cedrún, representante de jugadores que tenía un vínculo con el jefe comunal por intermedio de su tío, el abogado José Bibiano Cedrún Gutiérrez.
En la denuncia presentada en 2019 aparecen mencionados los futbolistas Jonathan Fabbro —hoy detenido por una causa de abuso sexual—, Nicolás Gianni, Carlos Marinelli, Diego Ceballos y Cristian Menéndez. Según esa presentación, el representante reunió el dinero entre jugadores a los que representaba para facilitar el préstamo destinado a la construcción, ampliación y remodelación del predio.
Como garantía de devolución, Martínez firmó un cheque del Banco de La Pampa por $2.600.000 a nombre de la Comisión de Fomento, con fecha de pago del 14 de junio de 2018 y a favor de Borrás Cedrún.
Cuando el representante quiso cobrarlo, el documento fue rechazado por un defecto formal: una de las firmantes, Viviana Echeveste, había ocupado el cargo de secretaria tesorera pero ya no lo desempeñaba. Según la denuncia, luego se intimó a la comisión para que subsanara el problema, pero no hubo respuesta.
El préstamo finalmente se pagó. Sin embargo, la causa siguió adelante por una cuestión de forma y terminó en condena por incumplimiento de los deberes de funcionario público. La Justicia consideró que Martínez emitió el cheque sin la autorización previa del Poder Ejecutivo provincial que exige la Ley Provincial N.º 1597.
El argumento de los jueces
El fallo sostuvo que Martínez, como presidente de la Comisión de Fomento de Loventuel, estaba sujeto a las obligaciones de la legislación provincial. Para los magistrados, al emitir el cheque sin la autorización correspondiente comprometió fondos públicos fuera de los límites legales de sus atribuciones.
Los jueces reconocieron que el documento fue rechazado y que no se acreditó un perjuicio económico concreto para la administración pública en los términos que analizó el tribunal. Aun así, consideraron que el delito se consumó con el incumplimiento del deber funcional: para esa figura penal no hace falta demostrar un daño económico efectivo.
El recorrido judicial tuvo marchas y contramarchas. En primera instancia, un juez había absuelto a Martínez. Luego, el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) revocó esa decisión y lo declaró culpable, y más tarde el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) confirmó la condena.
Otra causa que sigue abierta
Martínez enfrenta además otro expediente, originado en una denuncia del Tribunal de Cuentas (TdeC) por el uso de facturas irregulares.
En diciembre de 2021, la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial lo condenó a dos años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua por los delitos de peculado y uso de documento privado falso en 140 hechos. Se determinó que se había quedado con más de 5,5 millones de pesos mediante facturas apócrifas.
Esa condena fue ratificada por el TIP y el STJ, y actualmente la apelación está en manos de la Corte Suprema de la Nación.