Una nena de 5 años terminó internada por ingerir cocaína: condenaron a su papá
Una nena de 5 años llegó a la guardia con convulsiones y peligro de vida. Cinco días internada y una investigación que terminó señalando a su propio padre. La Justicia pampeana ya tomó una decisión.
Un hombre de 35 años fue condenado a un año de prisión en suspenso por no haber tomado los recaudos necesarios para evitar que su hija de cinco años ingiriera cocaína. La sentencia la dictó el juez de control santarroseño Carlos Matías Chapalcaz, tras homologar un acuerdo de juicio abreviado.
El fallo se resolvió por la vía del juicio abreviado, al que llegaron el fiscal Cristian Casais, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y el propio imputado, quien aceptó su culpabilidad. El delito es lesiones graves culposas, contemplado en el artículo 94, segundo párrafo, del Código Penal, que prevé penas de seis meses a tres años de prisión.
Como el progenitor no tenía antecedentes penales registrables, las partes acordaron el doble de la pena mínima. La condena quedó en suspenso y se le impusieron reglas de conducta por dos años.
Qué pasó con la nena
Los hechos ocurrieron en febrero pasado, en el domicilio familiar. Según quedó probado en la investigación, el padre “no tomó los recaudos suficientes para evitar la ingesta de cocaína” por parte de su hija.
Como consecuencia de la ingesta, la niña fue derivada a la guardia pediátrica del Complejo Hospitalario Favaloro-Molas con episodios convulsivos, excitación psicomotriz y peligro de vida. Permaneció internada durante cinco días y después continuó con seguimiento psicológico y psiquiátrico, según se detalló en el fallo.
La denuncia la promovió el área de Salud Mental del nosocomio. Al inicio de la pesquisa, el juez le había dictado al padre una restricción de acercamiento a la pequeña y una prohibición absoluta de contacto.
Las condiciones que deberá cumplir
Además del año de prisión de ejecución condicional, el imputado deberá cumplir una serie de reglas de conducta durante dos años. Una de ellas es mantener el impedimento de contacto y abstenerse de generar actos de perturbación o molestias en perjuicio de su hija, sin perjuicio de lo que disponga la Dirección General de Niñez.
También tendrá que fijar residencia, someterse al control de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, y acreditar que asiste a tratamiento psicológico, en un lugar público o privado, para tratar su problemática de adicciones.
Tanto la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia —que actualmente tiene a la niña a su cargo— como la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes dieron su conformidad al acuerdo cuando fueron notificadas.
Entre las pruebas que se tuvieron en cuenta para la condena figuraron el allanamiento a la vivienda del padre, informes médicos, de la Dirección de Familia y Niñez de la Municipalidad de Santa Rosa y de la Agencia de Investigación Científica, dependiente del Ministerio Público Fiscal, y declaraciones testimoniales de profesionales de la salud.