UOM y empresas sellaron la paritaria: ¿cuánto cobrarán los metalúrgicos?

La UOM y las cámaras empresarias cerraron la paritaria metalúrgica con aumentos escalonados, sumas no remunerativas y una compensación extra. ¿Cuánto cobrarán los trabajadores y qué impacto tiene en el bolsillo?

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UOM y empresas sellaron la paritaria: ¿cuánto cobrarán los metalúrgicos?
UOM y empresas sellaron la paritaria: ¿cuánto cobrarán los metalúrgicos?

La Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y las cámaras empresarias del sector cerraron un nuevo acuerdo salarial que regirá desde abril de 2026 hasta marzo de 2027. El pacto incluye aumentos escalonados, sumas no remunerativas y una compensación extra de $210.000, aunque todavía debe ser homologado por el Ministerio de Trabajo.

El entendimiento alcanza a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo 260/75, incluyendo Tierra del Fuego, aunque excluye a las ramas Electrónica y Autopartes de esa provincia. La recomposición no es un simple porcentaje único: combina diferentes mecanismos que impactan de manera dispar en el bolsillo de los empleados y en los costos de las compañías.

¿Cuánto sube el valor hora?

Para la categoría ingresante de la Rama 17, el valor hora pasará de $4.485,97 en agosto de 2026 a $5.122,28 en marzo de 2027, lo que representa un incremento cercano al 14,2%. A esto se suman las gratificaciones extraordinarias mensuales y la compensación por el período abril-julio.

El cronograma de valores hora para esa categoría es el siguiente: desde agosto de 2026, $4.485,97; desde octubre, $4.665,41; desde diciembre, $4.852,02; desde enero de 2027, $4.949,06; y desde marzo de 2027, $5.122,28. Estos montos servirán de referencia para el resto de las categorías del convenio.

Además, se fijó un valor de base de cálculo para después de marzo: desde el 1° de abril de 2027, el valor hora será de $5.327,17. Si para el 15 de abril no hay una nueva negociación, ese monto se convertirá automáticamente en el salario básico.

Sumas no remunerativas: cuánto y cuándo

Una parte importante de la recomposición se canaliza a través de gratificaciones extraordinarias no remunerativas, iguales para todas las ramas y categorías. El cronograma mensual es el siguiente: agosto de 2026, $30.000; septiembre, $40.000; octubre, $30.000; noviembre, $50.000; diciembre, $40.000; enero de 2027, $40.000; febrero, $40.000; y marzo, $25.000. En total, suman $295.000 por trabajador en ocho meses.

Estas sumas se pagarán junto con los salarios mensuales, o en la segunda quincena para los jornalizados. Aunque no son remunerativas, se tendrán en cuenta para el cálculo del aguinaldo y se irán incorporando progresivamente al básico.

Esta modalidad genera debate: mientras las sumas no remunerativas aumentan el ingreso de bolsillo en el corto plazo, su impacto sobre el salario convencional es limitado.

Compensación por abril-julio

Para cubrir los meses transcurridos desde el inicio de la paritaria hasta julio, se acordó una compensación extraordinaria de $210.000 para quienes tuvieran contrato vigente al 31 de julio de 2026. Se abonará en tres cuotas de $70.000 con los salarios de agosto, septiembre y octubre.

El pago será proporcional a los días trabajados entre abril y julio, incluyendo licencias legales y convencionales. Para los que trabajan jornadas reducidas o tiempo parcial, también se calculará proporcionalmente. La suma es considerada "excepcional no recurrente" y no integrará la base para futuros aumentos.

El nuevo piso de ingresos

También se actualizó el Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR), que establece un piso salarial para los trabajadores con jornada completa. Los valores mensuales serán: desde abril de 2026, $1.036.390; desde agosto, $1.117.862; desde septiembre, $1.131.201; desde octubre, $1.160.976; desde noviembre, $1.187.653; desde diciembre, $1.219.153; desde enero de 2027, $1.242.469; y desde marzo de 2027, $1.264.080.

En total, el IMGR sube un 22% nominal entre abril de 2026 y marzo de 2027. Para verificar si se alcanza ese piso, se computarán todos los ingresos, tanto remunerativos como no remunerativos, excepto las horas extras. Esto vuelve a poner en discusión el peso de las sumas extraordinarias en la estructura salarial metalúrgica.

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