Vendió su auto en 2012 y 14 años después seguía pagando las multas de otro
Durante años le siguieron llegando multas por un auto que había vendido en 2012 y el comprador nunca hizo la transferencia. Mandó dos cartas documento, no tuvo respuesta y terminó pagando las infracciones de otro. Ahora la Justicia le dio la razón.
Una mujer neuquina vendió su vehículo en 2012 y, más de una década después, seguía recibiendo notificaciones de infracciones por un auto que ya no era suyo. La Justicia condenó al comprador a completar la transferencia y a devolverle el dinero de las multas que ella terminó pagando por las faltas cometidas por el otro.
El fallo lo firmó el juez civil Javier Alarcón, que tuvo por probada la operación pese a que no existía un boleto de compraventa formal. La mujer había reclamado antes por la vía administrativa: mandó dos cartas documento pidiendo que el adquirente hiciera los trámites y se hiciera cargo de las deudas e infracciones posteriores a la venta. No obtuvo respuesta.
Las pruebas que pesaron en la causa
Sin un contrato escrito, el magistrado se apoyó en un conjunto de elementos que daban cuenta del negocio: la denuncia de venta presentada en el Registro del Automotor, la certificación de la firma en el formulario 08, las infracciones registradas después de la operación y, sobre todo, el silencio del demandado durante el juicio.
“El silencio del demandado resulta determinante”, sostuvo Alarcón. Y explicó que la existencia del contrato “no surge de una única prueba directa”, sino de un “conjunto de indicios graves, precisos y concordantes” que permitieron tener por acreditada tanto la venta como el incumplimiento del trámite de transferencia.
El día de la venta y lo que nunca se hizo
El expediente reconstruye que el mismo día en que se cerró la operación, la mujer entregó el vehículo y la documentación, firmó el formulario 08 y presentó la denuncia de venta ante el Registro del Automotor. El informe de dominio incorporado al caso mostró que la transferencia nunca se completó y que el auto tenía prohibición de circular desde julio de aquel año.
Con el correr del tiempo, las infracciones siguieron llegando a nombre de la antigua titular. En 2024 recibió dos multas por cruzar semáforos en rojo y las pagó ella misma, porque el rodado continuaba registrado a su nombre.
El juez recordó además que la normativa que regula la propiedad del automotor obliga al comprador a solicitar la transferencia dentro de los diez días posteriores a la operación. El comprador, en este caso, dejó pasar catorce años.