Viajaba en el 382, el chofer frenó de golpe y terminó con la tibia rota: ahora la empresa deberá pagarle una cifra millonaria
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Viajaba en el 382, el chofer frenó de golpe y terminó con la tibia rota: ahora la empresa deberá pagarle una cifra millonaria

La empresa intentó desligarse de la responsabilidad y la Justicia le respondió con un argumento que no dejó margen: el chofer ya había visto la situación en la calle antes de frenar. El monto final supera los $44 millones.

Un viaje en colectivo terminó con un adolescente en el piso de la unidad y con una fractura que lo dejó con secuelas. La Justicia resolvió que la empresa de transporte deberá responder con una indemnización que supera los $44 millones.

El episodio ocurrió el 16 de mayo de 2022 a bordo del interno 474 de la línea 382, en San Justo, partido de La Matanza. Mariano Correa Ojeda viajaba como pasajero cuando el conductor hizo una frenada repentina en la intersección de Presidente Perón e Illia.

Qué pasó arriba del colectivo

De acuerdo con las actuaciones judiciales, el chofer quiso esquivar una situación de tránsito: varias personas empujaban un vehículo sobre la calzada. La maniobra hizo que el adolescente perdiera el equilibrio, cayera dentro de la unidad y se fracturara la tibia proximal izquierda. Además, sufrió traumatismos y excoriaciones.

La familia consideró que el accidente fue producto de una conducción inadecuada y presentó una demanda por daños y perjuicios contra Nueva Ideal S.A., la firma responsable del servicio, y su aseguradora.

La defensa de la empresa y el argumento de la Cámara

Durante el proceso, la empresa intentó desligarse de la responsabilidad. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó ese planteo: sostuvo que la frenada no podía justificarse como una situación imprevisible, porque el conductor ya había advertido la presencia de las personas que empujaban el vehículo.

Para los magistrados, esa circunstancia obligaba al chofer a extremar las precauciones y a mantener el control de la unidad. También recordaron que las empresas de transporte público tienen una obligación de seguridad hacia sus pasajeros, que abarca garantizar condiciones adecuadas durante todo el recorrido.

Cuánto deberá pagar la empresa

El 14 de octubre de 2026, la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la indemnización fijada en primera instancia y estableció los siguientes montos:

- $28.000.000 por incapacidad sobreviniente.
- $15.000.000 por daño moral.
- $1.920.000 para tratamiento psicológico.

Los tres conceptos suman $44.920.000, a los que se agregarán los intereses correspondientes.

La Cámara mantuvo la condena contra Nueva Ideal S.A., con intervención de Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, e impuso las costas de la apelación a la empresa.

La resolución corresponde a una sentencia de segunda instancia y todavía no quedó firme.

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