Viedma cambia las reglas para abrir un comercio: ahora se puede arrancar antes de terminar el trámite
Para abrir un local en Viedma ya no hará falta esperar el trámite completo: con una declaración jurada se arranca al instante. La contra: hay 30 días para completar los papeles y 180 para la inspección.
La Municipalidad de Viedma puso en marcha un régimen simplificado para habilitar comercios de bajo riesgo en locales que ya tuvieron actividad habilitada. La Ordenanza 9310 creó el Régimen de Habilitación Comercial Exprés (HCE), que permite empezar a funcionar de manera inmediata y completar después los requisitos para obtener la habilitación definitiva, en un plazo de 30 días.
La concejala María Elena Andria, autora de la norma, explicó a Diario RÍO NEGRO que el objetivo es otorgar una habilitación provisoria para iniciar la actividad y permitir que luego se cumplan los requisitos necesarios para alcanzar la habilitación definitiva. La medida apunta a reducir trámites y costos para emprendedores y comerciantes.
Qué comercios podrán acceder
El régimen está destinado a actividades comerciales y de servicios de bajo riesgo que funcionen en locales donde haya existido una actividad comercial habilitada durante los últimos dos años.
Para acceder al sistema, los establecimientos deberán cumplir con estas condiciones:
- Tener una superficie cubierta igual o inferior a 100 metros cuadrados.
- No requerir obras de ampliación, modificaciones estructurales ni cambios de destino edilicio.
- Contar con servicios sanitarios y condiciones de seguridad previamente aprobados.
- No estar ubicados en inmuebles declarados patrimoniales o sujetos a regímenes especiales de protección, salvo autorización expresa de la autoridad competente.
La solicitud deberá presentarse mediante una declaración jurada con los datos personales y tributarios del titular, la actividad que desarrollará, el domicilio comercial y la manifestación de que cumple con las condiciones exigidas. También deberá declararse la existencia de una habilitación anterior del local.
Cómo será el trámite para abrir un comercio
Según establece la ordenanza, una vez presentada la documentación requerida, la Municipalidad emitirá automáticamente un Certificado Provisorio de Habilitación Exprés, que permitirá comenzar la actividad de manera inmediata.
Andria explicó que la intención es que los comerciantes no tengan que esperar a completar todas las instancias administrativas para abrir sus puertas. De acuerdo con lo señalado por la concejala, tendrán un plazo de 30 días para cumplimentar los requisitos y llegar a la habilitación definitiva.
La norma también contempla inspecciones posteriores. La autoridad de aplicación podrá controlar los establecimientos dentro de los 180 días posteriores al otorgamiento de la habilitación.
Si se comprueba que la declaración jurada contiene información falsa, la habilitación caducará de inmediato. Además, podrá disponerse la clausura preventiva del comercio y aplicarse las sanciones previstas en el Código de Faltas Municipal.
Qué actividades quedarán excluidas
No todos los rubros podrán acceder a la habilitación exprés. La ordenanza excluye a las actividades que elaboren, manipulen o almacenen sustancias peligrosas, así como a las que comercialicen combustibles, explosivos, inflamables, productos químicos de riesgo o materiales peligrosos.
Tampoco podrán utilizar este procedimiento las actividades que requieran una habilitación ambiental especial, los espectáculos públicos, los locales bailables, las actividades con concentración masiva de personas y los establecimientos industriales.
Quedan excluidas, además, las actividades que deban contar con inspecciones previas obligatorias por normas nacionales, provinciales o municipales.
Qué controles mantendrá el Municipio
La habilitación exprés no elimina las facultades municipales de inspección, fiscalización, clausura y sanción. Los comercios deberán seguir cumpliendo con las normas vigentes de seguridad, higiene, accesibilidad, protección ambiental, bromatología y defensa civil, entre otras disposiciones.
La autoridad de aplicación será la Secretaría que tenga competencia en materia de habilitaciones comerciales. La ordenanza establece, además, que el Poder Ejecutivo Municipal deberá reglamentar el régimen dentro de los 90 días de su promulgación.