El "coche puntero" que no pasó desapercibido: cómo cayó la banda que movía marihuana a Tucumán
Una banda que movía marihuana desde Salta hacia Tucumán quedó al descubierto por un detalle en la ruta: dos autos que viajaban demasiado coordinados para ser casualidad. Ahora cinco de sus integrantes tienen condena, pero uno de ellos intentó zafar de la pena con un acuerdo que no convenció a los jueces.
Un control rutinario en plena madrugada terminó destapando una estructura narco que unía Salta con Tucumán. El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a cinco integrantes de la organización que trasladaba estupefacientes hacia la vecina provincia, en una causa que arrancó en septiembre de 2024 y que ahora sumó sus primeras sentencias firmes.
Las penas se conocieron el 9 de octubre. Alejo Ricardo Silva recibió 7 años de prisión; Emilio Alejandro Tapia, 6 años y 6 meses; y Luciano Cancino junto a Mara Antonella Di Bez fueron condenados a 6 años. Di Bez, pareja de uno de los cabecillas, cumplirá la pena con arresto domiciliario. Luis Benjamín Vicente, en tanto, fue sentenciado a 3 años de ejecución condicional por su rol de partícipe secundario.
Con estas resoluciones, la cifra de condenados en la causa asciende a seis. El primero había sido Enzo Javier Gutiérrez, quien el 30 de abril de 2025 aceptó una pena de 4 años de prisión domiciliaria en el marco de un acuerdo pleno.
La maniobra del coche puntero
Todo comenzó el 14 de septiembre de 2024, cerca de las 5.30. Gendarmes detuvieron un Renault Logan sobre la Ruta nacional 68, a unos ocho kilómetros de Cafayate. En ese vehículo viajaban Silva, Tapia, Cancino y Vicente.
Ese auto no llevaba la droga: cumplía la función de "coche puntero". Marchaba delante de otro Renault Logan alquilado, el que sí transportaba el cargamento y tenía como destino Tucumán. En el segundo rodado iban Gutiérrez al volante y su pareja, Di Bez.
Lo que encendió las alarmas de los efectivos fue el desplazamiento coordinado de ambos vehículos, el horario elegido y los equipos de comunicación portátiles que tenían en cada auto. Al abrir el baúl del segundo Logan, los gendarmes encontraron una bolsa de arpillera con bloques de marihuana que superaban los 23 kilos.
Silva no se entregó: escapó hacia una zona de monte y estuvo prófugo hasta el 6 de agosto de 2025. Lo detuvieron cuando regresó de Brasil, donde, según la fiscalía, había permanecido oculto unos once meses.
Quién hacía qué
Durante el debate, el Ministerio Público Fiscal reconstruyó la planificación y los roles. Según la hipótesis fiscal, Silva lideraba la organización y había empeñado un auto propio para reunir el dinero con el que compraron la marihuana.
Gutiérrez y Tapia aportaron los rodados. El primero alquiló el vehículo que llevaba la droga; el segundo facilitó un auto de su madre, que ofició de coche puntero y terminó decomisado por orden del tribunal.
La fiscalía sostuvo que Di Bez y Cancino tuvieron participación activa en la planificación del transporte, mientras que Vicente habría tenido una intervención secundaria. Los investigadores remarcaron que todos residían en el barrio Santa Ana de la ciudad de Salta y que buscaban una ganancia económica. También advirtieron que la estructura empezaba a vincularse con otras organizaciones narcocriminales de la región.
En el juicio, uno de los acusados reconoció en el marco de un acuerdo de colaboración que "la droga era de todos". Las defensas intentaron desvincular a sus representados alegando que desconocían el cargamento oculto en el segundo auto, pero el tribunal rechazó esos planteos y dio por acreditada la responsabilidad penal de los cinco.
Los pedidos de la fiscalía y las 55 mil dosis
En la audiencia de determinación de penas, los fiscales habían pedido condenas más altas que las finalmente impuestas, salvo en el caso de Tapia, donde coincidieron con los 6 años y 6 meses. En concreto, solicitaron 7 años y 6 meses para Silva, 7 para Di Bez, 6 años y 6 meses para Cancino y 4 para Vicente. También reclamaron el decomiso del Logan usado como puntero, algo que el tribunal terminó ordenando.
Entre los argumentos, la fiscalía puso el foco en la cantidad de droga y el daño potencial a la salud pública: según las estimaciones del debate, los más de 23 kilos de marihuana alcanzaban para elaborar cerca de 55 mil dosis.
Sin beneficios por colaborar
Otro de los puntos discutidos fue el pedido de reducción de pena de uno de los acusados, cuya identidad se mantuvo bajo reserva, tras celebrar un acuerdo de colaboración. El imputado había ratificado datos aportados antes por otro acusado y mencionado a una persona que presuntamente se dedicaría al transporte y la comercialización de estupefacientes en el barrio Santa Ana.
Para probar la utilidad de esa información, la defensa convocó a dos investigadores de la Policía de Salta. Los efectivos dijeron que la persona señalada ya era conocida en el barrio, aunque aclararon que las investigaciones no habían dado resultados positivos y seguían en curso.
La fiscalía consideró que el acuerdo no fue eficaz y que no correspondía aplicar la reducción del artículo 41 ter del Código Penal. El tribunal rechazó el planteo por unanimidad y descartó tanto los beneficios procesales como la reducción punitiva bajo la figura del imputado colaborador.
En los fundamentos, los jueces remarcaron que la información aportada debía ser concreta y determinada: no bastaban las declaraciones vagas ni de público conocimiento. Era necesario individualizar hechos, lugares, personas o circunstancias que la investigación desconociera o no pudiera verificar por sus propios medios.
El debate se desarrolló entre julio y fines de septiembre. El Tribunal Oral Federal N°1 estuvo integrado por las juezas Gabriela Catalano, Marta Liliana Snopek y Alejandra Cataldi. Por el Ministerio Público Fiscal actuaron el fiscal general Eduardo Villalba y la auxiliar fiscal Roxana Gual.