La Corte dejó firmes las condenas por el crimen de Luciano Gómez: uno de los jueces no estuvo de acuerdo
Las defensas de Cervera y Antunes insistieron con que el jurado no había sido bien instruido sobre las figuras penales alternativas y sobre el agravante por la intervención de un menor. La Corte no les dio lugar: ahora deberán cumplir 28 y 33 años de prisión.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza puso punto final a la etapa de recursos y confirmó las condenas de Facundo Cervera Giménez y Alexis Exequiel Antunes por el homicidio de Luciano Francisco Gómez Verón, cometido en San Rafael en agosto de 2023.
La sentencia quedó fechada el 27 de octubre. En ella, el máximo tribunal provincial rechazó los planteos de casación que habían presentado las defensas y ratificó lo que había resuelto el Tribunal Penal Colegiado N.° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial tras el juicio por jurados de octubre de 2025.
Las penas que quedaron firmes
Cervera Giménez deberá cumplir 28 años de prisión. Antunes, en tanto, había recibido 26 años por los hechos juzgados en esta causa, pero esa sanción fue unificada con una condena anterior de siete años, por lo que la pena total quedó en 33 años.
El tercer condenado por el crimen, Yair Orellana, recibió 21 años de prisión.
El fallo contó con la firma de la mayoría compuesta por María Teresa Day, Dalmiro Garay Cueli, José Valerio, Norma Llatser y Julio Gómez. El ministro Omar Palermo votó en disidencia y entendió que los planteos de las defensas debían ser admitidos.
Qué alegaron los abogados defensores
Las defensas de Cervera y Antunes centraron sus críticas en las instrucciones que el juez técnico les dio al jurado popular. Según su planteo, no se explicaron con la debida claridad algunas figuras penales alternativas, como el homicidio en riña o en agresión, y además objetaron que se aplicara el agravante por la intervención de una persona menor de edad.
También pusieron en discusión la forma en que se valoraron las pruebas y las penas que se impusieron. En el caso puntual de Antunes, sumaron una objeción sobre el mecanismo que se usó para unificar la condena anterior con la de esta causa.
La defensa de Cervera agregó reparos sobre distintos aspectos de la investigación, sobre cómo se valoraron los testimonios y sobre algunas decisiones que se tomaron durante el debate y en la selección de los integrantes del jurado.
Los argumentos para rechazar los recursos
La mayoría de los ministros sostuvo que las defensas habían dado su conformidad expresa a las instrucciones finales que se les impartieron al jurado en dos audiencias, realizadas el 23 y el 24 de octubre de 2025. Por eso concluyó que no podían cuestionarlas después a través de un recurso de casación.
Para la Corte, esas instrucciones contemplaban distintas alternativas legales, entre ellas el homicidio en agresión y figuras de menor gravedad para los hechos en los que hubo personas lesionadas.
El tribunal remarcó que el jurado tuvo varias opciones para evaluar cada situación y que, de hecho, descartó la calificación más grave que había propuesto la acusación: homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas. En cambio, lo condenó por homicidio simple agravado por la participación de un menor de edad.
Sobre ese punto, la mayoría consideró que no se tuvo en cuenta solamente la presencia de un adolescente en el lugar, sino que existían elementos para sostener que los acusados conocían y aceptaban su intervención en los ataques.
El voto en disidencia de Palermo
El ministro Omar Palermo se apartó de la mayoría. A su criterio, las instrucciones que se le dieron al jurado sobre la agravante vinculada con la intervención de menores de edad fueron incompletas, porque no explicaron lo suficiente el aprovechamiento o la utilización del adolescente por parte de los adultos.
Palermo consideró relevante que el menor que participó en los hechos tenía 16 años y que Antunes tenía 18 en el momento del episodio. Por eso sostuvo que el jurado debió contar con más elementos para analizar esa circunstancia y que esa deficiencia pudo haber influido en su decisión.
Su postura, sin embargo, quedó en minoría. Con el rechazo de los recursos de casación de ambas defensas, la Suprema Corte impuso las costas a la parte vencida y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen.