La Corte dio marcha atrás con la venta de tierras a extranjeros: la medida que nadie esperaba

¿Qué pasó con la Ley de Tierras que la Corte había dejado sin efecto? La medida que restablece los límites a los extranjeros y el voto en disidencia que sacudió al tribunal.

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La Corte dio marcha atrás con la venta de tierras a extranjeros: la medida que nadie esperaba
La Corte dio marcha atrás con la venta de tierras a extranjeros: la medida que nadie esperaba

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio un giro inesperado en la causa por la venta de tierras a extranjeros. Dictó una medida cautelar interina que suspende la derogación de la Ley de Tierras y restablece las restricciones para que ciudadanos extranjeros compren campos en el país.

La decisión llega después de una fuerte polémica y de un trámite que se aceleró en tiempo récord. El caso había sido iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre los que se encuentran las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon.

Ese grupo presentó un amparo colectivo que terminó vinculado al proceso que impulsa el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Ante esa situación, los demandantes pidieron una aclaratoria: querían que se precise si el fallo del CECIM producía algún efecto sobre su propio expediente.

Conjueces y plazos récord

Para llegar a la medida, el máximo tribunal tuvo que moverse rápido. Como Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz no coincidían de manera unánime con la decisión, se convocó a conjueces para integrar una mayoría. Los sorteados fueron Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza.

Después, la Corte redujo a 24 horas el plazo para recusarlos, cuando ese trámite suele demandar 72 horas. En ese marco, consideró que el reclamo de la asociación estaba vinculado a “asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental”.

Qué resolvió la Corte

El tribunal devolvió la causa al juzgado federal de Bariloche, donde se había iniciado el expediente, para que allí se analice el planteo de fondo. Mientras se define si los demandantes están habilitados para presentarse y se evalúa su pedido de protección judicial, la Corte dictó una cautelar provisoria que suspende los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023.

Con esa decisión, vuelven a estar vigentes las limitaciones que la Ley 26.737 imponía sobre la adquisición de tierras por parte de ciudadanos extranjeros.

La disidencia de Rosenkrantz

El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. Aunque consideró que la legitimación de la asociación demandante era distinta a la del CECIM, sostuvo que la Corte no tenía competencia para dictar una medida cautelar, ni siquiera de carácter provisorio.

“Un proceder así solamente debilitará la confiabilidad del Poder Judicial de la Nación”, afirmó el conjuez.

La Corte Suprema restableció las restricciones a la venta de tierras a extranjeros (Foto: Centro de Información Judicial)

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