La ley de farmacias que Mendoza tiene en el Senado: el número que el Colegio no quiere soltar
Política · Mendoza

La ley de farmacias que Mendoza tiene en el Senado: el número que el Colegio no quiere soltar

El Colegio y la Cámara se cruzaron por un artículo que definía cuántas farmacias puede tener un mismo dueño. La salida que se impuso en Diputados dejó un número y una excepción que ahora deberá revisar el Senado.

La Cámara de Diputados de Mendoza dio media sanción a una nueva Ley de Farmacias que reordena de punta a punta la actividad en la provincia. El texto, que ahora pasa al Senado, eleva de ocho a doce la cantidad de locales que puede tener un mismo grupo económico, cambia las reglas de las franquicias y abre la puerta a que el delivery generalista transporte medicamentos.

El proyecto no solo toca el límite de concentración: también consagra a la farmacia como establecimiento sanitario de interés público, crea una red provincial, regula la receta digital y hasta prevé el uso de inteligencia artificial y robótica, siempre sin reemplazar la decisión del farmacéutico.

El número que concentró la pelea

El corazón del debate estuvo en el artículo que fija el techo de titularidad. La norma aprobada impide que una persona humana o jurídica —por sí o por terceros— sea titular, copartícipe, controlante, socia o beneficiaria final de más de doce farmacias comunitarias en Mendoza. La prohibición abarca a sociedades controladas, controlantes o vinculadas, y a quienes compartan un mismo beneficiario final o titularidad real.

La intención es que la concentración no se disimule armando estructuras societarias distintas. Por eso el Ministerio de Salud podrá analizar relaciones de control, administración común y dirección unificada, más allá de la forma jurídica que se use.

Para las cadenas que hoy superan el tope, el texto mantiene un plazo de 18 meses para reestructurar la titularidad. Ese conteo arranca con la presentación de una declaración jurada que debe detallar la composición del grupo, sus locales y sus beneficiarios finales.

El despacho incorporó además una excepción clave: las farmacias habilitadas antes de la entrada en vigencia de la Ley 7.303 —publicada en diciembre de 2004— podrán mantenerse aunque excedan el límite, siempre que sigan en manos de su titular original. Si más adelante se transfiere la titularidad real o el control, el beneficio se extingue.

Ese punto era el de mayor fricción entre el Colegio y la Cámara. Finalmente, según el texto, terminó imponiéndose la postura de la Cámara.

Franquicias: de diez a cinco

El régimen de franquicias también cambió. El proyecto original fijaba en diez las farmacias comunitarias que podía abarcar un sistema de franquicia. El texto aprobado reemplazó ese criterio por un límite de cinco farmacias de titularidad de terceros por franquiciante, contando todas sus marcas y las sociedades controlantes, controladas o vinculadas, o que respondan a un mismo beneficiario final.

Ese tope corre por carril separado del límite de doce farmacias propias que puede reunir un titular o grupo económico.

Lo demás se mantiene: cada local conserva su titularidad independiente, debe garantizarse la autonomía profesional del director técnico y se busca evitar concentraciones incompatibles con la distribución territorial. Los contratos de franquicia no pueden interferir en las decisiones técnicas del farmacéutico ni alterar la responsabilidad sanitaria del titular y del director técnico.

Delivery, recetas y cadena de frío

Las herramientas digitales fueron otro eje de la reforma y también fuente de diferencias. El texto permite que las farmacias usen plataformas propias o de terceros para reservas, validación de recetas y entrega de medicamentos. En todos los casos, la dispensa queda bajo responsabilidad y supervisión del profesional farmacéutico.

El cambio más sensible apareció en el transporte. El proyecto original era más restrictivo con mensajerías, repartidores y aplicaciones de reparto multipropósito. El texto aprobado habilita expresamente a las farmacias a usar mensajería o repartidores propios, con responsabilidad sobre conservación, traslado, trazabilidad y entrega.

También contempla plataformas de delivery generalistas como Uber, Pedidos Ya, Didi, Rappi o Cabify. Esas empresas deberán garantizar las condiciones de conservación, transporte, trazabilidad y entrega, y podrán recibir sanciones si incumplen lo que fije la reglamentación.

La norma suma requisitos técnicos para el transporte sanitario de cercanía: contenedores térmicos cuando haga falta preservar la cadena de frío, protección frente a factores externos y empaques que resguarden la integridad del producto. Los repartidores deberán tener identificación vinculada a la farmacia y una capacitación mínima en manipulación segura, higiene y bioseguridad. La entrega se cerrará con un mecanismo de validación de identidad del receptor.

Qué más ordena la nueva ley

Más allá de los cambios de la sesión, el proyecto reorganiza toda la actividad farmacéutica mendocina:

— Reconoce a la farmacia como establecimiento sanitario de interés público, integrado al sistema provincial de salud, y crea una Red Farmacéutica Provincial con criterios de planificación territorial para cubrir zonas rurales o alejadas.

— Ordena la clasificación de establecimientos y servicios: farmacias comunitarias, farmacias sociales, servicios de farmacia hospitalarios y ambulatorios, servicios farmacéuticos asistenciales y unidades de acceso a especialidades medicinales.

— Habilita tareas de atención primaria, como vacunas e inyectables, controles de presión arterial y acciones de prevención y educación sanitaria.

— Refuerza la independencia del director técnico y suma las figuras del farmacéutico adscripto y del rotativo para cubrir extensiones horarias y ausencias.

— Promueve la receta digital de forma progresiva, con convivencia del papel hasta que estén dadas las condiciones técnicas.

— Crea el Registro Provincial de Plataformas de Dispensa Farmacéutica y nuevas herramientas de fiscalización, trazabilidad y control de operaciones digitales.

— Regula el uso de automatización, robótica e inteligencia artificial, sin que puedan reemplazar las decisiones del profesional farmacéutico.

La reforma unifica en un solo cuerpo normas hoy dispersas y deroga la Ley 3.586, la Ley 7.303 y el Decreto 3.857/69.

Los cruces en el recinto

El debate dejó diferencias entre bloques. Desde el oficialismo, Melisa Martínez Malanca (UCR) defendió el espíritu sanitario de la propuesta, la necesidad de garantizar el acceso a los medicamentos con una distribución geográfica planificada y los límites a la concentración económica y a las herramientas digitales bajo control del Ministerio de Salud.

Lucas Ilardo (Frente Patria) consideró que hay avances respecto de la normativa anterior, sobre todo en el fortalecimiento del farmacéutico, la trazabilidad y la regulación de la entrega domiciliaria, aunque se abstuvo en los artículos 53, 183 y 272, vinculados con plataformas digitales y el régimen de adecuación. El legislador camporista protagonizó además un cruce con asistentes externos a la sesión, que lo acusaron de haber intervenido en la redacción final del proyecto.

Rolando Scanio, de La Unión Mendocina, acompañó la iniciativa en general pero objetó el artículo 175, sobre transporte sanitario de medicamentos, por las condiciones de conservación y seguridad de los productos que requieren cuidados específicos.

Nicolás De Pedro (La Libertad Avanza) reconoció avances, pero cuestionó las restricciones a la cantidad de establecimientos por titular y los límites a la actividad comercial y tecnológica. Por eso anticipó la abstención de su bloque en los artículos 46, 47, 53, 55, 96, 98, 148, 183, 244, 251 y 272.

Los diputados justicialistas Gustavo Perret y Verónica Valverde adelantaron el rechazo de su bloque a todo el proyecto. Cuestionaron que los cambios no tuvieran análisis suficiente en comisiones y objetaron en particular que el límite de titularidad subiera de ocho a doce establecimientos.

Con la media sanción, la iniciativa desembarca ahora en el Senado de Mendoza, donde deberá pasar por una nueva instancia de debate antes de convertirse en ley.

Siguiente nota Política · Mendoza

Condenada por desviar millones, ahora reclama $150 millones: el giro que incomoda a Las Heras

Seguí leyendo

Elegí tu provincia

Para ver tu edición local