Lo acusaron de golpear a su expareja y quemar sus cosas: la Justicia tomó una decisión que lo complica
Tres hechos de lesiones leves agravadas, dos violaciones de domicilio, amenazas e incendio: la Justicia de Santa Cruz revisó el expediente y tomó una decisión que deja al acusado tras las rejas. La defensa había pedido otra cosa.
El Juzgado de Recursos de la Primera Circunscripción Judicial confirmó el procesamiento con prisión preventiva de un hombre acusado de una serie de hechos de violencia de género ocurridos en Puerto Santa Cruz. La resolución, registrada el 8 de septiembre de 2026, también ratificó un embargo de 10 millones de pesos sobre sus bienes.
Según el expediente, al imputado se le atribuyen tres hechos de lesiones leves agravadas, amenazas, daños, dos violaciones de domicilio, desobediencia e incendio. Entre los episodios denunciados figuran golpizas y amenazas contra su expareja, el ingreso sin autorización a una vivienda, el incumplimiento de una prohibición de acercamiento y la provocación de un incendio.
La causa tramita en etapa de instrucción y, por el momento, no existe una condena firme. La imputación todavía se encuentra bajo investigación.
Qué argumentó la defensa
Los abogados del acusado habían cuestionado tanto el procesamiento como la prisión preventiva. Sostuvieron que no había pruebas suficientes para acreditar algunos de los hechos, pusieron en duda la utilización de un arma y afirmaron que las imágenes de cámaras de seguridad no permitían identificar con certeza al sospechoso.
También se opusieron a que el imputado siguiera detenido y calificaron de desproporcionado el embargo dispuesto durante la investigación.
Las pruebas que pesaron
El tribunal, en cambio, entendió que los elementos debían valorarse en conjunto. Entre los materiales analizados aparecen certificados médicos, declaraciones de la víctima y de familiares, mensajes, informes policiales, registros de cámaras y pericias realizadas por Bomberos.
Uno de los puntos examinados fue una supuesta amenaza vinculada con la quema de pertenencias. Para la Justicia, ese episodio no podía analizarse de manera aislada, sino dentro del contexto general de violencia denunciado.
El fallo también remarcó que el incumplimiento de una prohibición de acercamiento puede configurar el delito de desobediencia aunque en ese momento no se haya producido una agresión física.
La resolución subrayó que, en casos de violencia de género, la investigación debe realizarse con perspectiva de género y teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad de la víctima.
Con esos argumentos, la Justicia confirmó el procesamiento, mantuvo la prisión preventiva y ratificó el embargo de 10 millones de pesos sobre los bienes del acusado. La causa continuará en instrucción, con nuevas pruebas pendientes y sin sentencia definitiva.