Quieren multarlos y hasta mandarlos presos 30 días: quiénes quedarían alcanzados en Río Negro
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Quieren multarlos y hasta mandarlos presos 30 días: quiénes quedarían alcanzados en Río Negro

La iniciativa ya está en la Legislatura y prevé castigos para quienes cuiden, laven o reserven lugar para autos sin habilitación. En Roca, el reclamo lleva meses sin respuesta y el debate sigue trabado.

Un proyecto que ya está en la Legislatura de Río Negro busca ponerle reglas —y castigos— a una actividad que genera roces diarios en las calles: la de los cuidacoches y lavacoches, conocidos popularmente como "trapitos". La iniciativa propone multas, trabajo comunitario o arresto de hasta 30 días para quienes realicen esas tareas sin autorización en la vía pública.

El texto lleva la firma de los legisladores del PRO María Laura Frei y Juan Martín y apunta a modificar el Código Contravencional provincial (ley S 5592). La jugada incluye tres figuras nuevas y un esquema especial para los reincidentes.

Qué se castigaría

El corazón del proyecto es el artículo 49 ter. Allí se apunta contra quien ofrezca o preste, sin habilitación, servicios de estacionamiento, reserva de espacios, guarda, cuidado, lavado o limpieza de vidrios y vehículos. El detalle clave: la sanción se aplica aunque el pago se presente como voluntario.

A eso se suma una facultad extra para el juez: podrá prohibirle a la persona volver a ese lugar por hasta 90 días.

Las penas que se barajan son tres: multa de 100 a 5.000 UM, trabajo comunitario de 5 a 120 días o arresto de hasta 30 días.

El artículo 49 bis extiende las mismas sanciones a quien obligue o intente obligar a otra persona a hacer, tolerar u omitir algo mediante amenazas, hostigamiento o presión indebida, siempre que esa conducta no constituya un delito penal.

Cuándo la pena se duplica

El artículo 49 quater prevé que los mínimos y máximos se dupliquen en cuatro escenarios bien definidos:

- Cuando actúan dos o más personas de manera organizada.
- Cuando ocurre cerca de espectáculos, eventos masivos, escuelas, hospitales, bancos, edificios públicos o zonas de estacionamiento medido.
- Cuando sucede entre las 18 y las 6.
- Cuando la víctima es jubilada, mayor de 70 años o tiene discapacidad, o cuando hay motivación de violencia de género.

A esto se agrega el nuevo artículo 13 bis, que convierte la reincidencia en agravante: el juez podrá duplicar o triplicar la sanción o disponer días de arresto.

Los argumentos de los autores

En los fundamentos, Frei y Martín sostienen que la actividad se concentra en centros urbanos de mucha circulación y durante eventos deportivos, culturales y recreativos. También señalan que en algunos casos el pago se pide con amenazas, explícitas o implícitas, de dañar el vehículo. Según el texto, esas conductas no siempre llegan a configurar extorsión en los términos del Código Penal.

Como antecedentes, los legisladores citan la ley 6961 de la Ciudad de Buenos Aires y la ley 14.486 de Santa Fe. Además, aclaran que el proyecto respeta las competencias municipales y que las ordenanzas locales seguirían vigentes.

El debate que Roca todavía no cierra

En Roca, la presencia de cuidacoches y lavacoches es motivo de discusión desde hace meses. En febrero, una encuesta de ANR mostró que el 80% de los participantes tenía una opinión negativa sobre la actividad, aunque también aparecieron voces que pidieron abordarla desde lo social y la salud pública.

Ese mismo mes, la concejal Belén Bavastri (JSRN) presentó en el Concejo Deliberante un proyecto para regular la actividad. El oficialismo lo cuestionó: el concejal Nicolás Paschetta lo calificó como "superficial" y planteó que se trata de un problema "multicausal" que no puede resolverse solo con una ordenanza.

En mayo, la iniciativa seguía en pausa. Mientras tanto, en Cipolletti el Código de Faltas ya se había modificado a fines de 2025 para prohibir la presencia de cuidacoches y limpiaparabrisas sin habilitación.

El proyecto presentado en la Legislatura propone sanciones para quienes cuiden, laven o reserven lugar para vehículos sin autorización, con penas que van desde multas hasta 30 días de arresto. Para convertirse en ley, todavía debe ser tratado en comisión y aprobado en el recinto.

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