El 10 de julio de 1976, en una imprenta del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) ubicada en San Andrés, partido de San Martín, se encontraban Jorge Emilio Arancibia junto a otro militante no identificado. En ese momento, el Regimiento 6 de Infantería de Mercedes conducido por Emilio Pedro Morello, Horacio Linari y Martín Eduardo Sánchez Zinny, realizó un operativo ilegal, de gran magnitud y poder ofensivo que terminó con la vida de Arancibia e hicieron desaparecer al otro activista.
También tuvo como víctimas a los militantes Rocío Ángela Martínez Borbolla y Pedro Oscar Martucci, quienes el 14 de junio de 1976 en su domicilio de Haedo fueron secuestrados por un grupo de al menos diez personas armadas, entre los cuales se encontraba Martín Sánchez Zinny. Padecieron la violencia del operativo los hijos de Martínez Borbolla, Bárbara y Camilo García, de 9 y 4 años de edad, quienes se encontraban en la casa en ese momento y fueron dejados al cuidado de una familia vecina.
Casi 50 años después de esos hechos, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, decidirá en estos días cuál es el monto de la pena que debe imponerse a tres oficiales del Regimiento 6 de Mercedes acusados por crímenes de lesa humanidad e incluso si serán o no excarcelados. En un juicio de redeterminación de la pena, tanto Morello, Linari y Sánchez Zinny, fueron condenados por el Tribunal Oral Federal a 10 años de prisión, los dos primeros, y 12 años de prisión, este último.
El TOF 2 les había impuesto penas de prisión perpetua por el homicidio agravado con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Arancibia. Los condenados apelaron y la Sala IV de Casación revisó el fallo, calificó el asesinato de homicidio simple y dispuso que el TOF determinará nueva pena. En 2024, los jueces del TOF (Gorini, Costabel y Giménez Uriburu) bajaron la pena a los montos de 10 y 12 años, razón por la cual, la Fiscalía y el CELS recurrieron ante Casación para solicitar que dicha pena, por leve, sea revisada.
El Ministerio Público Fiscal y el CELS consideran que debe tenerse en cuenta la calificación de estos crímenes como de lesa humanidad, cometidos con la participación de exfuncionarios cuya función, justamente, era la de proteger a los habitantes de la nación y que la naturaleza de las acciones, los medios empleados, la dimensión del daño causado, la calificación de los hechos por los que fueron condenados, justifican la aplicación de una pena privativa de la libertad severa de 25 años de prisión.
Hace algunos meses, en una entrevista concedida a NOTICIAS, Barbara Garcia se refirió sobre la disminución de la pena impuesta a los asesinos de su madre. La periodista declaró: “Después de tantos años de lucha finalmente se había llegado a las condenas más de cuarenta años después y ahora borran todo de un plumazo. Yo también quiero cerrar este capítulo y vivir mi vida, pero no se puede cuando ocurren estas cosas”.
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Fuente: perfil.com